Resolución N° 42

EmisorSecretaría de obras públicas
Fecha de la disposición13 de Junio de 2014
CÓRDOBA, 22 de agosto de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCV - Nº 139 Primera Sección 3
Y CONSIDERANDO:
Que consta en los referidos autos la Resolución
N° 0300/13 de la Dirección General de Nivel Inicial
y Primario -Ministerio de Educación-, mediante la
cual se dispuso “ad referéndum” de la Superioridad,
el cambio de situación de la Escuela de Nivel
Primario “MANUEL BELGRANO” de la localidad
de El Quebracho -Departamento Calamuchita-,
como así también el cambio de imputación del cargo
de la docente Susana Salomé TAPIA GUERRERO.
Que conforme a las constancias documentales e infor-
mativas incorporadas en autos y prescripciones lega-
les de rigor, las decisiones se ajustan a derecho, pues
se encuadran dentro de la normativa que las funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los
requerimientos jurídicos-formales-pedagógicos
estatuidos por Leyes Nros. 26206 y 9870, Decreto-
Ley N° 1910/E/57, Decretos Nros. 41009/A/38 y
3999/E/67, encontrándose tales determinaciones
técnicas, administrativas e institucionales plasmadas
en la resolución de marras.
Que de acuerdo con lo expuesto, no existe
objeción alguna para la ratificación en esta instancia
del instrumento legal en análisis.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N°
2632/13 del Área Jurídica del Ministerio de
Educación y lo dictaminado por Fiscalía de Estado
en casos análogos;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º. RATIFÍCASE la Resolución
N° 0300/13, de la Dirección General de Nivel
Inicial y Primario -Ministerio de Educación-,
mediante la cual se dispuso, el cambio de
situación de la Escuela de Nivel Primario
“MANUEL BELGRANO” de la localidad de El
Quebracho -Departamento Calamuchita-, como
así también el cambio de imputación del cargo
de la docente Susana Salomé TAPIA
GUERRERO (M.I. N° 92.485.423), en los
términos y condiciones que se consignan en la
misma, cuya copia forma parte integrante de
este instrumento legal como Anexo I, compuesto
de una (1) foja.
ARTÍCULO 2º. El presente decreto será
refrendado por el señor Ministro de Educación y el
señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º. PROTOCOLÍCESE, dése a
la Dirección General de Administración de
Capital Humano, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d862.pdf
Resolución N° 23 Córdoba, 20 de Agosto de 2014
VISTO: EL Expte.: 0682-002304/2013 en el que al F.U. 14 el apoderado de la firma CRAVERO
HNOS S. DE H. y de Jorge Esteban CRAVERO, Víctor Eduardo CRAVERO, Hugo Dante CRAVERO
y Sergio Juan CRAVERO, con fecha 16 de junio de 2014, solicita el pago de intereses sobre la factura
0039-00006542.
Y CONSIDERANDO:
Que dicha factura corresponde a la compra de 141 calefactores para la Delegación Oficial Río
Cuarto, y fue cobrada por Medio Electrónico de Pagos el 09 de mayo de 2014.
Que en el Documento Único de Ejecución de Erogaciones de fs. 9 no se establece fecha de
vencimiento, por lo que debió recabarse información a la Repartición interviniente.
Que a fs. 17 la Dirección General de Administración de la Delegación Río Cuarto informa que no se
fijó fecha de vencimiento para el pago de la factura citada.
Que, además, informa que el acreedor no formuló reserva de reclamar intereses luego de recibido
el pago, no se pactó el pago de intereses moratorios ni existen cesiones de crédito que afecten al capital
facturado o a los intereses que se reclaman.
Que de lo relatado surge que no se convino la fecha de pago, a partir de la cual el deudor queda en
situación de mora, y el acreedor ve nacer su derecho a la percepción de intereses.
Que tampoco obra en autos constancia de interpelación del acreedor para constituir en mora al deudor,
conforme lo ordena el artículo 509 (segundo párrafo) del Código Civil para casos como el presente.
Que, en consecuencia, no se verifica en autos la extemporaneidad del pago, requisito indispensable
para la procedencia de intereses moratorios.
Que, por otra parte, el acreedor percibió el monto de los citados fondos de reparos sin formular
reserva alguna en un tiempo que pueda ser considerado contemporáneo al pago.
Que esa falta de reserva en tiempo propio hace perder los derechos sobre los intereses que el
acreedor hubiere podido reclamar, en caso de haberlo tenido, toda vez que el artículo 624 del Código
Civil dispone que la falta de reserva extingue la obligación, incluyendo sus accesorios.
Por ello, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 41 de la Ley 7850, con fundamento en los artículos
509 y 624 del Código Civil y atento al Informe 011/14 de la División Asuntos Legales,
EL TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERIA Y CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E :
I) NO HACER lugar al reclamo de intereses sobre la factura 0039-00006542, formulado por el
apoderado de CRAVERO HNOS S. DE H. y de Jorge Esteban CRAVERO, Víctor Eduardo CRAVERO,
Hugo Dante CRAVERO y Sergio Juan CRAVERO.
II) PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ARMANDO GUILLERMO GARCÍA
TESORERO GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE
TESORERÍA GENERAL y CRÉDITOS PUBLICOS
SECRETARÍA DE
OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 41 Córdoba, 10 de Junio de 2014
Expediente Nº 0045-016938/2014
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de
Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura, propicia
por Resolución Nº 00293/14 se contrate en forma directa la
ejecución de los trabajos de la obra: “MEJORAMIENTO Y
REHABILITACIÓN DE CAMINOS VECINALES Y CALLES EN
LAS ISLETILLAS” con la Comuna de Las Isletillas, por la suma
de $ 900.000,00.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Vialidad ha procedido a aprobar
el proyecto, pliegos y demás documentación técnica
correspondiente a los referidos trabajos.
Que surge de la Memoria Descriptiva obrante en autos que el
presente proyecto contempla la contratación del equipo necesario
para proceder a solucionar los inconvenientes producidos en
los caminos vecinales y calles públicas de Las Isletillas como
consecuencia de las intensas precipitaciones acaecidas en los
meses de diciembre, enero y febrero.
Que consta en autos la conformidad de la Comuna de Las
Isletillas para realizar los trabajos referenciados por la suma de $
900.000,00 (fs. 23).
Que el caso encuadra en las previsiones del Artículo 7º Inciso
e) de la Ley de Obras Públicas Nº 8614.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento
Contable (Nota de Pedido), conforme lo establecido por el artículo
13 de la Ley 8614.
Por ello, las disposiciones de la Ley 5901 - T.O. Ley 6300 y
modificatorias y lo dictaminado por la Dirección General de
Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el Nº
266/14,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- CONTRATAR en forma directa la ejecución
de los trabajos de la obra: “MEJORAMIENTO Y
REHABILITACIÓN DE CAMINOS VECINALES Y CALLES EN
LAS ISLETILLAS” con la Comuna de Las Isletillas, por la suma
de PESOS NOVECIENTOS MIL ($ 900.000,00).
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma
de PESOS NOVECIENTOS MIL ($ 900.000,00), conforme lo
indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección
Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad (Nota
de Pedido) Nº 2014/000850, de la siguiente manera: Jurisdicción
1.50, Programa 504-006, Partida: 12.06.00.00,Centro de Costo
5847 del P.V....................................................$ 900.000,00
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Presidente de la Dirección
Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura
a suscribir el contrato pertinente.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Vialidad a
sus efectos y archívese.
ING. ISAAC RAHMANE
SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Resolución N° 42 Córdoba, 13 de Junio de 2014
Expediente Nº 0045-016941/14
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de
Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura, propicia

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