Resolución N° 326

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición13 de Diciembre de 2013
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DLXXXVIII - Nº 1 CÓRDOBA, 8 de enero de 20142
Artículo 1º PRORROGAR hasta el 28 de febrero de 2014 la fecha prevista en el Artículo 2° de la
Resolución N° 33/13, resultando en consecuencia aplicable dicha prórroga a las disposiciones del
Artículo 2° de la Resolución N° 40/13, ambas de esta Secretaría.
Artículo 2º La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2014 inclusive.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. LUIS DOMINGUEZ
SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS
MINISTERIO DE FINANZAS
MINISTERIO DE
FINANZAS
Resolución N° 3
Córdoba, 3 de Enero de 2014
VISTO:
El Expediente Nº 0180-017495/2013 por el que se solicita la creación del Fondo Permanente "T"
- ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - CUENTA ESPECIAL LEY 8002 del Poder Judicial.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo determina el Artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facultad de este Ministerio otorgar
conformidad para el funcionamiento de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los
Servicios Administrativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técnico-contable en relación a la
creación del Fondo Permanente requerido, habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería
y Crédito Público la intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requirente en el sentido que es
necesaria la creación propiciada para el correcto funcionamiento del Servicio.
Que la fuente de financiamiento del Fondo Permanente "T" cuya creación se propicia está constituida
por recursos con afectación específica.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y de acuerdo con lo dictaminado por el Dirección de
Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 02/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1° CREAR el Fondo Permanente "T" - ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - CUENTA
ESPECIAL LEY 8002 del Poder Judicial, por la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000.-
), sin límite para cada pago, del que será responsable el Titular del Servicio Administrativo del citado
Organismo. Integra como Anexo I de la presente Resolución, con una (1) foja útil, el Anexo 7,
Formulario T2-Solicitud de Apertura, Modificación y/o Cierre de Fondos Permanentes.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a la Dirección
General de Tesorería y Crédito Público y a Contaduría General de la Provincia, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
Cr. ÁNGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_08_r3.pdf
Resolución N° 326
Córdoba, 13 de Diciembre de 2013
VISTO:
El expediente Nº 0165-103260/2013 en que la Jurisdicción 101-Dependencia Inmediata del
Poder Ejecutivo propicia ajustes en la distribución de los Recursos Financieros asignados en el
Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que la Jurisdicción 120 Ministerio de Administración y Gestión Pública cede Crédito Presupuestario
del Programa 202 Partida 0101 "Personal Permanente", por un importe total de $ 13.000.000 , para
dotar de crédito suficiente en la partida de Personal a la Jurisdicción 101- Dependencia Inmediata del
Poder Ejecutivo en los Programas Nº 1 y 9, con el objeto de lograr la correspondiente imputación
de las Ordenes de Pago de Sueldos de los meses de Octubre, Noviembre, Diciembre y S.A.C
segunda cuota 2013, los que serán distribuidos en diversas parciales de dicha partida.
Que la modificación propuesta encuadra en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo con los
artículos 31 y 110 in fine de la Ley Nº 9086.
Que la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas ha manifestado su opinión
favorable acerca de la factibilidad presupuestaria de la operación que se propone.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al
Nº 599/13,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º MODIFICAR las asignaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de
la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el detalle analítico incluido en el Documento
Modificación de Crédito Presupuestario N° 05 de la Jurisdicción 101 Dependencia Inmediata del
Poder Ejecutivo el que como Anexo I con una (1) foja útil forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLICESE, dése intervención a la Dirección General de Presupuesto e
Inversiones Públicas y a Contaduría General de la Provincia, infórmese al Tribunal de Cuentas de
la Provincia y a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Cr. ÁNGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos/min_08_r326.pdf
CONTINUA RESOLUCIÓN 43 - SEC. de INGRESOS PÚBLICOS
AGENCIA CÓRDOBA
CULTURA
S
.
E
Resolución N° 254
Córdoba, 20 de diciembre de 2013
VISTO:
La necesidad de dar cumplimiento a lo establecido por la Ley Provincial N°5201.-
Y CONSIDERANDO:
Que el Art. 1° de la Ley 5201, prescribe: "Implantase el siguiente régimen de tarifas y
aranceles para los museos provinciales, destinado a contribuir a la adquisición de obras
artísticas, históricas o científicas y a la“conservación, ampliación, equipamiento, refacción,
modernización de los edificios y recintos en que funcionan".-
Que en virtud del Art. 3° de la normativa citada anteriormente: "El monto y la oportunidad
de aplicación del régimen de tarifas y aranceles, serán establecidos a propuesta de los
directores de museos por el Secretario Ministro de Educación y Cultura, pudiendo ser
modificados anualmente".-
Que de conformidad a lo establecido por el artículo 51° de la Ley N° 10.029, esta
Agencia tiene competencia en "...todo lo inherente a las atribuciones, poder de policía,
derechos y actividades vinculadas con la conservación, promoción, enriquecimiento,
difusión y extensión del patrimonio histórico, artístico y cultural de la Provincia en su
integridad...".-
Por ello, en virtud de lo expuesto precedentemente y en uso de las atribuciones que
le son propias;
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.
RESUELVE
Artículo 1º ESTABLECESE el régimen de tarifas y aranceles para los Museos
Provinciales dependientes de esta Sociedad de Estado, detallados en el Anexo I, el cual
compuesto de una (01) foja útil, que forma parte de la presente Resolución, los cuales
empezaran a regir a partir del 01 de Enero de 2014.-
Artículo 2º DISPONESE a partir de la fecha del presente instrumento que el ingreso a
los espacios Museo de los Gobernadores y Museo Casa del Movimiento Obrero (C.G.T.),
ambos dependientes de este Organismo de Estado, sea gratuito.-
Artículo 3º PROTOCOLICESE, publíquese en el Boletín Oficial, pase a conocimiento
de las dependencias involucradas y archívese.-
LIC. PABLO CANEDO
PRESIDENTE
AB. GERALDINE BALBI
VOCAL
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos/age_03_r254.pdf

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR