Resolución N° 28

EmisorDirección general de catastro
Fecha de la disposición22 de Abril de 2014
CÓRDOBA, 7 de mayo de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCII - Nº 64 Primera Sección 3
SECRETARÍA DE
TRANSPORTE
Resolución N° 20
Córdoba, 22 de Enero de 2014
VISTO: El expediente Nº 0048-181885/2012
mediante el cual el señor Jesús Ricardo
ANTONINO solicita se le otorgue la pertinente
autorización para explotar un Servicio Especial,
Obrero y Escolar de transporte de pasajeros,
con centro en la localidad de VILLA ROSSI y
bajo la denominación de “TRANSPORTE
ANTONINO”.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación
y Control y la Dirección de Jurisdicción de
Organización y Gestión de la Secretaría de
Transporte, informan que el requirente ha
cumplimentado con las exigencias a verificar por
las áreas bajo su jurisdicción para prestar el citado
servicio, correspondiendo autorizar el permiso
de que se trata y la incorporación del parque
móvil propuesto.
Que el peticionante solicita la incorporación de
la unidad Dominio N° HMY 286, inscripta en el
Registro Nacional de la Propiedad del Automotor
con fecha 01-09-2008.
Que por su parte la Señora Secretaria de
Transporte del entonces Ministerio de Transporte
y Servicios Públicos expresa que se encuentran
reunidos todos los presupuestos para la viabilidad
del pedido y se ha seguido todo el procedimiento
pertinente con la documentación respaldatoria del
caso, opinando que puede hacerse lugar el
pedido formulado en autos.
Que la legislación vigente, en su Artículo 25°
inciso “C” de la Ley N° 8669 autoriza la operación
de servicios públicos de transporte bajo la forma
de permisos excepcionales y precarios por un
período máximo de tiempo de UN (1) año para
evaluar la capacidad técnico-operativa de la
empresa.
Que se trata de un permiso nominativo e
intransferible por un plazo fijo, pudiendo ser
revocado por Resolución fundada en cualquier
momento.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales del
entonces Ministerio de Transporte y Servicios
Públicos bajo el N° 1063/2013,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍCESE al señor Jesús
Ricardo ANTONINO -D.N.I. N° 13.420.159-,
C.U.I.T. Nº 20-13420159-3, Ingresos Brutos -
Exento-, con domicilio en Bv. Guzmán N° 169,
Córdoba, para que en forma excepcional y
precaria preste por el término de UN (1) año, un
Servicio Especial, Obrero y Escolar, con centro
en la localidad de VILLA ROSSI y bajo la
denominación de “TRANSPORTE ANTONINO”.
ARTÍCULO 2º.- AUTORÍCESE la incorpo-
ración al servicio otorgado al señor Jesús Ricardo
ANTONINO, del siguiente parque móvil:- Marca
Renault, modelo del año 2008, chasis Nº
93YADCUL59J056927, motor Nº
G9UA724C041426, de 15 asientos, Tacógrafo
Digitac 22533, Dominio Nº HMY 286,
adjudicándole la chapa MOP Nº E 2807.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuní-
quese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese,
dese copia al Ente Regulador de los Servicios
Públicos, pase al Registro de Prestatarios de la
Secretaría de Transporte y archívese.
LIC. GABRIEL BERMUDEZ
SECRETARIO DE TRANSPORTE
Resolución N° 37
Córdoba, 23 de Enero de 2014
VISTO: El expediente Nº 0048-182331/2013
mediante el cual el señor Marcelo
MASTRONARDI solicita se le otorgue la
pertinente autorización para explotar un Servicio
Especial, Obrero y Escolar de transporte de
pasajeros, con centro en la localidad de VALLE
HERMOSO y bajo la denominación de
“TRANSPORTES ESPECIALES DELVA”.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Jurisdicción de Planificación
y Control y la Dirección de Jurisdicción de
Organización y Gestión, informan que el
requirente ha cumplimentado con las exigencias
a verificar por las áreas bajo su jurisdicción para
prestar el citado servicio, correspondiendo
autorizar el permiso de que se trata y la
incorporación del parque móvil propuesto.
Que el peticionante solicita la incorporación de
la unidad Dominio N° LZX 674, inscripta en el
Registro Nacional de la Propiedad del Automotor
con fecha 10-01-2013.
Que por su parte la Señora Secretaria de
Transporte del entonces Ministerio de Transporte
y Servicios Públicos expresa que se encuentran
reunidos todos los presupuestos para la viabilidad
del pedido y se ha seguido todo el procedimiento
pertinente con la documentación respaldatoria del
caso, opinando que puede hacerse lugar el
pedido formulado en autos.
Que la legislación vigente, en su Artículo 25°
inciso “C” de la Ley N° 8669 autoriza la operación
de servicios públicos de transporte bajo la forma
de permisos excepcionales y precarios por un
período máximo de tiempo de UN (1) año para
evaluar la capacidad técnico-operativa de la
empresa.
Que se trata de un permiso nominativo e
intransferible por un plazo fijo, pudiendo ser
revocado por Resolución fundada en cualquier
momento.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales del
entonces Ministerio de Obras y Servicios Públicos
bajo el N° 1064/2013,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- AUTORÍCESE al señor Marcelo
MASTRONARDI -D.N.I. N° 16.542.757-, C.U.I.T.
Nº 20-16542757-3, Ingresos Brutos (Convenio
Multilateral) N° 904-553445-5, con domicilio en
Av. Poeta Lugones N° 76, B° Nueva Córdoba,
Córdoba, para que en forma excepcional y
precaria preste por el término de UN (1) año, un
Servicio Especial, Obrero y Escolar, con centro
en la localidad de VALLE HERMOSO y bajo la
denominación de “TRANSPORTES
ESPECIALES DELVA”.
ARTÍCULO 2º.- AUTORÍCESE la
incorporación al servicio otorgado al señor
Marcelo MASTRONARDI, del siguiente parque
móvil:- Marca Mercedes Benz, modelo del año
2013, chasis Nº 8AC906657DE068402, motor
Nº 651.955-WO-006513, de 19 asientos,
Tacógrafo Digitac 23438, Dominio Nº LZX 674,
adjudicándole la chapa MOP Nº E 2803.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuní-
quese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese,
dese copia al Ente Regulador de los Servicios
Públicos, pase al Registro de Prestatarios y
archívese.
LIC. GABRIEL BERMUDEZ
SECRETARIO DE TRANSPORTE
DIRECCIÓN GENERAL DE
CATASTRO
Resolución N° 28
Córdoba, 22 de Abril de 2014
Expte. N° 0033-086803/2014
VISTO lo informado por el Área Tecnología Informática respecto a la necesidad de incorporar en
la Base de Datos las mejoras detectadas en las parcelas que se detallan en el listado Anexo, con
motivo de la interpretación de imágenes satelitales Quick Bird del año 2012 en la Localidad de
Inriville, Provincia de Córdoba;
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el análisis de dichas imágenes se ha podido verificar la existencia de mejoras sobre
parcelas que se encuentran registradas como Baldíos en la Base de Datos;
Que por ello, con el objeto de garantizar los principios de legalidad, equidad y capacidad contributiva
en la percepción del impuesto inmobiliario, consagrados en el Art. 71 de la Constitución de la
Provincia de Córdoba, en ejercicio de la facultad conferida a esta Dirección por artículo 10 bis de la
Ley N° 5057, y de conformidad al artículo 137 del Código Tributario (Ley 6006 T. O.), corresponde
disponer la incorporación a los Registros Catastrales de las mejoras detectadas, a fin de que impacte
en la valuación de dichos inmuebles y consecuentemente en la Base Imponible;
Que asimismo, atento que las imágenes referidas datan del año 2012, corresponde asignarles la
vigencia establecida en el art. 25 de la Ley N° 5057, a partir del 1° de Enero del 2013;
Que el procedimiento imple-mentado no exime al contribuyente del cumplimiento de la obligación
de denunciar cualquier cambio que pueda modificar la valuación de sus inmuebles (artículo 45
inciso “c” de la Ley 5057);
Atento lo manifestado, dispositivos legales citados, lo dispuesto por el Decreto 1443/02 y sus
prórrogas, y las facultades acordadas a esta Dirección por la Ley N° 5057;
abril de 2014 prestó el acuerdo solicitado por Resolución N° R-
2672/14, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 104 inciso
42 de la Constitución de la Provincia.
Que en consecuencia, cumplimentados los requisitos legales y
constitucionales, corresponde proceder a la designación del señor
Barrera en el cargo mencionado.
Por ello, lo dispuesto por la ley N° 8802 y modificatorias; y en
uso de las atribuciones conferidas por los artículos 144 inciso 9 y
157 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- DESIGNASE al señor Abogado Reymundo
Daniel Barrera (M.I N° 14.293.075), en el cargo Fiscal de
Instrucción de la Fiscalía de Instrucción y Familia de la séptima
Circunscripción con asiento en la ciudad de Cruz del Eje.
ARTICULO 2°.- El egreso que demande el cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Jurisdicción
3.00, Programa 921, Partida Principal 01,Partida Parcial 01,
Grupo 26, cargo 045, del Presupuesto Vigente.
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por la
señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el señor
Fiscal de Estado.
ARTICULO 4°.- PROTOCOLICESE, Comuníquese al Tribu-
nal Superior de Justicia, notifíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DRA. GRACIELA DEL VALLE CHAYEP
MINISTRA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

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