Resolución N° 25

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS.

Resolución N° 25.

La Plata, 3 de abril de 2014.

VISTO el Expediente Nº 2578-1463/05 y que tramita la habilitación de la caza deportiva mayor para el año 2014, y CONSIDERANDO:

Que la diagramación de la temporada de caza deportiva mayor se funda en la mejor información disponible, resultado de los estudios técnicos llevados a cabo sobre las especies susceptibles de esta modalidad de caza establecidos en el Decreto Nº 110/81,

Artículo 1

inciso b;

Que es conveniente habilitar la caza deportiva mayor para realizar un control sobre las especies exóticas;

Que la caza deportiva mayor se realiza según lo establecido en el Artículo 15 del Decreto Nº 1.878/73 y en la Resolución Nº 439/87, en lugares habilitados;

Que según el Artículo 287 del Código Rural para la provincia de Buenos Aires, toda especie no mencionada expresamente como susceptible de caza, se considera protegida y su caza prohibida, así como la tenencia y el comercio de ejemplares vivos o de sus productos o despojos;

Que en virtud de lo expuesto el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto, conforme la Ley Nº 13.881;

Por ello, EL MINISTRO DE ASUNTOS AGRARIOS, RESUELVE:

ARTÍCULO 1º Autorizar la caza deportiva mayor en cotos de caza habilitados a tales efectos de las especies y en los períodos que se detallan:

Ciervo axis (Axis axis): Del 15 de marzo al 1° de diciembre de 2014.

Antílope (Antílope cervicapra): Del 15 de marzo al 31 de diciembre de 2014.

Ciervo dama (Dama dama): Del 15 de marzo al 30 de junio de 2014.

Ciervo colorado (Cervus elaphus): Del 15...

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