Resolución N° 24

EmisorDirección General de Tesorería General y Crédito Público
Fecha de la disposición 4 de Noviembre de 2013
CÓRDOBA, 14 de noviembre de 2013 BOLETÍN OFICIAL - AÑO C - TOMO DLXXXVI - Nº 200 Primera Sección 3
Resolución N° 652 Córdoba, 7 de noviembre de 2013
VISTO: Las actuaciones presentadas por el Director General de Editorial EDIBA S.R.L, en las que
solicita se declare de Interés Educativo el “32° Congreso Internacional de Educación para Docentes
de Nivel Inicial y Primaria: Enseñar es el camino”, el que organizado por la citada institución, se
llevará a cabo durante los días 8, 9 y 10 de noviembre de 2013, en el Centro de Convenciones
del Municipio de Tigre - Provincia de Buenos Aires;
Y CONSIDERANDO: Que el Congreso tiene por objetivos: promover la reflexión sobre temas
centrales de la educación inicial y primaria; analizar particularidades de la enseñanza en el contexto
actual; promover la participación activa de los docentes; conocer últimas tendencias en educación y
como llevarlas a la práctica; presentar nuevos avances tecnológicos, entre otros.
Que el evento, destinado a docentes de nivel inicial, primario, de música, arte, danza, educación
física, profesionales y estudiantes de carreras afines, participarán de una agenda variada de temas,
los que se abordarán en base a las siguientes modalidades de trabajo: Sesiones plenarias, mesas
de debate, conferencias, talleres y presentaciones artísticas.
Que es propósito de este Ministerio declarar la propuesta de Interés Educativo, teniendo en cuenta
MINISTERIO ESTADO DE
EDUCACN
que actividades de esta naturaleza contribuyen a potenciar el debate y enriquecen el saber profesional
y dada la valiosa participación de profesionales de reconocida trayectoria, nacionales y extranjeros.
Por ello, los informes producidos y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Ministerial
N° 118/2006;
LA SECRETARIA DE ESTADO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- DECLARAR de Interés Educativo el 32° Congreso Internacional de Educación
para Docentes de Nivel Inicial y Primaria: “Enseñar es el camino”, el que organizado por la
Editorial EDIBA S.R.L, se llevará a cabo durante los días 8, 9 y 10 de noviembre de 2013, en
el Centro de Convenciones del Municipio de Tigre - Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
PROF. DELIA M. PROVINCIALI
SECRETARIA DE EDUCACIÓN
PODER
EJECUTIVO
Decreto N° 1215 Córdoba, 24 de octubre de 2013
VISTO: El Expediente Nº 0423-102810/2013, mediante el cual
se tramita la declaración, como día no laborable en la Localidad
de Río Cuarto, Departamento Río Cuarto, Provincia de Córdoba,
el 11 de noviembre de 2013.
Y CONSIDERANDO: Que, el señor Intendente de la Municipalidad
de Río Cuarto, Departamento Río Cuarto, solicita se declare no
laborable en esa Localidad el día 11 de noviembre de 2013, por
conmemorarse el “Día de la Ciudad de Río Cuarto”, acompañando
la Ordenanza N° 241/12.840/66 de fecha 30 de junio de 1966.
Por ello, lo establecido en los artículos 4º y 6º de la Ley Nº
6326 y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales del Ministerio Jefatura de Gabinete bajo el Nº 0623/13
y por la Fiscalía de Estado en casos similares;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- DECLARASE no laborable en la Localidad de
Río Cuarto, Departamento Río Cuarto, Provincia de Córdoba, el
día 11 de noviembre de 2013 por conmemorarse el “Día de la
Ciudad de Río Cuarto”, con los alcances del artículo 4º de la Ley
6326.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por los
señores Ministro Jefe de Gabinete y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DR. OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ
MINISTRO JEFE DE GABINETE
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
Resolución N° 22
Córdoba, 4 de noviembre de 2013
VISTO: el expediente 0039-049454/2013 en el
que obra en copia auténtica a fs. 29 el Documento
Único de Ejecución de Erogaciones Nº 43 Ej. 2012
intervención 4 tipo ordenado a pagar, emitido por
el Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO: Que el mencionado DUEE
fue emitido con el objeto de atender el
devengamiento de sumas pendientes de transferir
del FODEMEEP, por la suspensión de las
transferencias a determinados municipios y
comunas por no cumplimiento de la rendición de
fondos, conforme a lo informado y solicitado por la
Dirección de Jurisdicción de Uso del Crédito y
Deuda Pública, por la suma de $ 18.542.171,03.
Que dicho DUEE tiene como base la Ley 9835.
Que mediante Decreto 0967/2013, obrante en
copia de fs. 32 a 34, se reglamentó la ley citada y
se dispuso declarar como excedentes y, en
consecuencia, como recursos de libre
disponibilidad, los montos no ejecutados
correspondientes a transferencias suspendidas por
causa de incumplimiento de la obligación de rendir
cuentas a municipalidades y/o comunas adherentes
al Fondo para la Descentralización del
Mantenimiento de Edificios Escolares Provinciales
FODEMEEP, para el ejercicio 2012.
Que este mismo Decreto faculta al Ministerio de
Finanzas a declarar remanentes como rentas de
libre disponibilidad a los montos no ejecutados.
Que a fs. 35 obra certificación de que el DUEE Nº
43 Ej. 2012 intervención 4 tipo ordenado a pagar,
emitido por el Ministerio de Finanzas, con un saldo
actual de $ 18.542.171,03, no ha sido abonado ni
se abonará.
Que para el acabado cumplimiento del Decreto
0967/2013, resulta necesario declarar la baja
contable del DUEE citado.
Que el Departamento Jurídico del Ministerio de
Finanzas ha dictaminado que puede esta Dirección
de Tesorería General y Créditos Públicos dictar
una Resolución, disponiendo la baja contable de
una orden de pago en casos como el presente.
Por ello, atento al Informe del Departamento
Técnico de la Contaduría General de la Provincia
obrante en copia auténtica a fs. 37 y al Dictamen
346/2004 del Departamento Jurídico,
EL TESORERO GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE
TESORERIA Y CREDITOS PUBLICOS
R E S U E L V E :
I) ORDENAR la baja contable del Documento
Único de Ejecución de Erogaciones Nº 43 Ej.
2012 intervención 4 tipo ordenado a pagar, emitido
por el Ministerio de Finanzas, por su saldo actual
de PESOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS
CUARENTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y
UNO CON TRES CENTAVOS ($
18.542.171,03).
II) PROTOCOLICESE, comuníquese a
Contaduría General de la Provincia, al Tribunal
de Cuentas de la Provincia y al Servicio
Administrativo del Ministerio de Finanzas,
publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.
CR. ARMANDO GUILLERMO GARCÍA
TESORERO GENERAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE TESORERÍA Y CRÉDITO PÚBLICOS
Resolución N° 24
Córdoba, 4 de noviembre de 2013
VISTO: el expediente 0040-051196/2013 en
el que se tramita la baja contable de las órdenes
de pago y liquidaciones parciales Ej. 2000 del
Ministerio de Finanzas, citadas en el Anexo I a la
presente Resolución.
DIRECCIÓN GENERAL DE
TESORERÍA GENERAL y CRÉDITO PÚBLICO
Y CONSIDERANDO: Que dichas órdenes de
pago fueron emitidas para atender gastos du-
rante el Ejercicio 2000.
Que, en virtud del tiempo transcurrido, dichas
obligaciones no resultan exigibles por haberse
operado la prescripción ordinaria, prevista en
el artículo 4023 del Código Civil.
Que en autos se certifica que los saldos
pendientes de las órdenes de pago citadas en
el Anexo I -que con cuatro fojas útiles forma
parte de la presente Resolución- no han sido
abonados.Que, por imperio de los artículos 81
y 88 de la Ley 9086, las órdenes de pago no
caducan con el cierre de ejercicio.
Que mantener vigente el saldo de dichas
órdenes de pago, implica una distorsión en las
cuentas del Estado Provincial, las que
aparecerán tergiversadas con la inclusión, como
deuda, de una obligación que no corresponde
sea atendida.
Que el Departamento Jurídico del Ministerio
de Finanzas ha dictaminado que puede esta
Dirección de Tesorería General y Créditos
Públicos dictar una Resolución, disponiendo la
baja contable de una orden de pago en casos
como el presente.
Por ello, atento al Informe del Departamento
Técnico de la Contaduría General de la Provincia
obrante en copia auténtica a fs. 32 y al Dictamen

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