Resolución N° 225

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición14 de Agosto de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVI - Nº 153 CÓRDOBA, 11 de setiembre de 20142
de Información Territorial cartográfica digital georeferenciada,
según lo descripto en los mapas e imágenes satelitales que
como Anexo I compuesto de dos (2) fojas útiles se adjunta y
forma parte del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 2°.- PRORRÓGASE sin recargos ni intereses
hasta el 01 de septiembre de 2014 el pago de las cuotas 02
y 03 del año 2014 correspondiente al Impuesto Inmobiliario
Básico Rural, Fondo Rural para Infraestructura y Gasoductos,
Fondo para el Mantenimiento de la Red Firme y Natural y la
parte proporcional del Adicional del Impuesto Inmobiliario
Básico Rural, a los productores agropecuarios comprendidos
en el Artículo 1° y que se encuentren en estado de Emergencia
Agropecuaria en el marco de la presente norma.
ARTÍCULO 3°.- El incumplimiento del pago del impuesto
aludido en el plazo fijado, hará renacer la vigencia de los
recargos previstos en la legislación tributaria, desde el
momento que operó el vencimiento general del gravamen.
ARTÍCULO 4°.- EXÍMASE del pago de las cuotas 02 y 03
del año 2014, la parte proporcional de la cuota 50/2014 y la
parte proporcional de las diferencias de impuestos que
pudieran surgir correspondiente a la anualidad 2014, del
Impuesto Inmobiliario Básico Rural, Fondo Rural para
Infraestructura y Gasoductos, Fondo para el Mantenimiento
de la Red Firme y Natural y la parte proporcional del Adicional
del Impuesto Inmobiliario Básico Rural, a los productores
agropecuarios comprendidos en el Artículo 1° y que se
encuentren en estado de Desastre Agropecuario en el marco
de la presente norma.
ARTÍCULO 5º.- Los productores agropecuarios cuya
situación quede comprendida en el presente Decreto y se
encuentren nominados en los listados que confeccionará el
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, tendrán
acceso a los planes de refinanciación de pasivos y otras
líneas crediticias especiales que establezcan los bancos e
instituciones oficiales.
ARTÍCULO 6°.- El Ministerio de Agricultura, Ganadería y
Alimentos confeccionará un registro de productores afectados
según lo previsto por la Ley Nº 7121 quedando facultado al
igual que la Dirección General de Rentas para dictar las
normas complementarias que se requieran para la aplicación
de lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTÍCULO 7°.- ESTABLÉCESE que el plazo de recepción
de las Declaraciones Juradas de los productores afectados
por los fenómenos adversos indicados se extenderá hasta el
día 19 de Mayo de 2014.
ARTÍCULO 8°.- El presente Decreto será refrendado por
el señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentos, por
el señor Ministro de Finanzas y por el Señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 9°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
WALTER E. SAIEG
MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
A/C MINISTERIO DE FINANZAS
JULIAN MARÍA LÓPEZ
MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTOS
GERARDO GABRIEL GARCÍA
FISCAL DE ESTADO ADJUNTO
A/C FISCALÍA DE ESTADO
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/pe_d456.pdf
VIENE DE TAPA
Se declara...
Resolución N° 225 Córdoba, 14 de Agosto de 2014
VISTO: El expediente Nº 0027-054261/2014, por el que se propicia la formalización de compensaciones de Recursos Financieros,
asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial vigente - Ley Nº 10.176.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1966/09, modificatorio del Artículo 31 del Anexo I del Decreto Nº 150/04, se faculta a los titulares de cada uno de
los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos
asignados dentro de su misma jurisdicción adecuando los montos, fuentes de financiamiento, plazos, alcance y toda otra que corresponda
en los Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los fines de reflejar las modificaciones que se dispongan
durante su ejecución.
Que asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas modificaciones mediante el dictado de una Resolución mensual.
Que en el mes de junio de 2014 este Ministerio autorizó las Compensaciones N° 33 a 43 correspondientes a la Jurisdicción 115-
Ministerio de Finanzas- y N° 7 a la Jurisdicción 1.70 -Gastos Generales de la Administración-, conforme con el Reporte SUAF
Documento de Autorización de Modificación de Crédito Presupuestario, suscripto por la Directora General de Administración de este
Ministerio.
Que las modificaciones efectuadas encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 31
y 110 in fine de la Ley Nº 9086.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas y de acuerdo con lo dictaminado por el Área Legales de este Ministerio al Nº 383/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- FORMALIZAR las compensaciones de Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Provin-
cial, correspondientes al mes de junio de 2014 detalladas en el Reporte SUAF Documento de Autorización de Modificación de Crédito
Presupuestario, suscripto por la Directora General de Administración de este Ministerio, el que como Anexo I con dos (2) fojas útiles,
forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia,
a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, comuníquese a la Legislatura, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_08_r225.pdf
MINISTERIO DE
FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE
ARQUITECTURA
Resolución N° 351 Córdoba, 9 de Mayo de 2014
EXPEDIENTE N° 0047-016073/2011 - REFERENTE N° 5.-
VISTO este Referente en el que obran las actuaciones
relacionadas con la necesidad de ejecutar Trabajos Modificatorios
en la obra: “Refacciones, pintura general e instalación de gas en el
edificio del I.P.E.M. N° 120 REPUBLICA DE FRANCIA, ubicado
en calle Antolín Torres N° 3530 - B° Residencial Vélez Sarsfield -
Ciudad de Córdoba - Departamento Capital”, adjudicada mediante
Resolución N° 087 de fecha 23 de Marzo de 2012 y contratada
con fecha 27/06/2012, con la Empresa INGECO S.R.L.;
Y CONSIDERANDO:
QUE a fs. 3 mediante Nota de Pedido N° 14, la contratista presenta
documentación técnica por el cambio de proyecto de la instalación
de gas en el establecimiento de referencia la que corre a fs.4/16
(Presupuesto, Pliego Particular y Planos) y que consta a fs.2 con el
V° B° de la Jefatura de Area Programas y Descentralización y la
Dirección de Obras, Licitaciones y Contrataciones;
QUE a fs.20 toma intervención División Especialistas, aprobando
la documentación elaborada por la contratista e indicando que cumple
con las modificaciones solicitadas. A fs.30 la Dirección de Planificación
y Proyectos, propicia la continuidad del trámite;
QUE a fs.37 la Unidad Coordinadora Interministerial, solicita la
necesidad de suministrar gas en locales ubicados en planta alta del
Establecimiento, con sus respectivos artefactos calóricos, reemplazo
de pantallas infrarrojas del SUM por Caloventores de 25000 Kcal
cada uno, reemplazo de pantallas previstas en cada una de las aulas
de planta baja, por calefactores de tiro balanceado, un termotanque y
mecheros bunce para laboratorio;
QUE a fs.38/39 toma intervención la inspección actuante
considerando pertinente lo solicitado, expresando que los
mencionados trabajos generan un aumento en el recorrido de cañería,
conexión a red de gas barrial (en lugar del sistema por zeppelin
existente en la escuela) y provisión y colocación de los artefactos de
calefacción, termotanque y mecheros;
QUE a fs.40/42 la contratista completa documentación faltante;
QUE a fs.45/46 toma intervención Sección Costos, informa que los
costos de los valores unitarios elevados a fs.40/42 y reconoce por
estos un monto total de $ 55.892,43., entre Economías y Demasías,
los que se corresponden temporalmente con los valores contractuales,
procediéndose ha efectuar la redeterminación de dicho presupuesto
en un todo de acuerdo a la metodología aplicada para la obra gen-
eral en el rubro Instalación de Gas, la que tuvo dos saltos el 1° al mes
de Febrero de 2012 y el 2° al mes de Setiembre de 2012, lo que
hace un monto de $ 63.273,45.- ;
QUE a fs.49 la inspección actuante produce informe expresando
que el porcentaje de incidencia de los trabajos a ejecutar representa
un 11,68% del monto contractual redeterminado, estimándose un
plazo de ejecución para los mismos de 30 días, criterio que resulta
compartido por la Jefatura de Área Programas y Descentralización al
pie de la misma foja, propiciando la continuidad del trámite;
QUE dada intervención a División Jurídica esta se expide a fs.50
mediante Dictamen Nº 107/2014, expresando que, esa Asesoría se
halla vedada de expedirse con relación a las causas que determinan

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