Disposición N° 22

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE FISCALIZACIÓN Y.

USO AGROPECUARIO DE LOS RECURSOS NATURALES.

Disposición N° 22.

La Plata, 7 de mayo de 2013.

VISTO el expediente Nº 22228-124/2007 referente a la caza deportiva menor en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, y CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Asuntos Agrarios, a través de la Dirección Provincial de Fiscalización y Uso Agropecuario de los Recursos Naturales tiene a su cargo coordinar y conducir programas de control y fiscalización de actividades cinegéticas en la Provincia de Buenos Aires, ejerciendo la potestad fiscalizadora mediante la aplicación de las normas legales vigentes, conforme la Ley Nº 13.881 y su Decreto Reglamentario Nº 2.870/2008;

Que el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a través de la Dirección de Áreas Protegidas es el organismo de aplicación de la Ley Nº 10.907 de Reservas y Parques Naturales, y a través de la Dirección Provincial de Recursos Naturales tiene dentro de sus competencias el manejo, conservación y protección de la flora y fauna silvestre como así de sus ambientes naturales;

Que en virtud de la Ley de Ministerios, el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, resulta autoridad de aplicación de acuerdo a los artículos 60 a 64 de la Ley Marco Ambiental Nº 11.723;

Que en el informe del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible a fojas 57 a 67, se indica las especies, períodos, cupos y zonas habilitadas para la caza deportiva menor; Que en virtud de lo expuesto el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto;

Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE FISCALIZACIÓN Y USO...

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