Resolución N° 214
Emisor | Dirección general de arquitectura |
Fecha de la disposición | 27 de Marzo de 2014 |
CÓRDOBA, 22 de julio de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIV - Nº 117 Primera Sección 7
7,46%, habiéndose aplicado los Números índices publicados
mensualmente en el Anexo del Cuadernillo INDEC Informa, a
valores del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes
anterior al de la fecha de Cotización (JUNIO/2013), resultando
un monto a reconocer a la contratista por dicho concepto de $
26.135,10., por lo que el nuevo presupuesto de obra
redeterminado asciende a la suma de $376.246,33., Al pie
de fs. 29, las Direcciones de Planificación y Proyectos, Obras,
Licitaciones y Contratacione propician la continuidad del
Trámite;
Que a fs. 30, mediante Dictamen N° 875/2013, División
Jurídica expresa que atento a las constancias de autos, las
disposiciones del Decreto N° 1133/10 y 1231/10 (Anexo I) y
Decreto N° 2773/11 puede el Señor Director General emitir
acto Administrativo haciendo lugar a la solicitud formulada
por la contratista citada;
Que a fs. 31/33 obra Acta Acuerdo por la Redeterminación
de Precios, suscripta entre el Señor Director General de
Arquitectura y la Empresa CERES S.R.L., con fecha 03/12/
2013;
ATENTO ELLO
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- APROBAR el Acta Acuerdo por
Redeterminación de Precios por Variaciónes de Costos,
correspondiente al mes de SEPTIEMBRE/2013, de la obra:
“Reparaciones de cielorrasos y revoques, Instalación
Eléctrica, sanitaria y Pintura en el I.P.E.M. N° 207 EDUARDO
REQUENA, ubicado en Av. Faraday N° 5127 - B° Ituzaingó
- Córdoba - Departamento Capital”, suscripta entre el Señor
Director General de Arquitectura y la Empresa CERES
S.R.L., obrante a fs. 31/33, la que a los efectos pertinentes
forma parte de la presente Resolución como Anexo I,
compuesta de TRES (3) fojas y consecuentemente autorizar
la inversión de la suma de PESOS VEINTISEIS MIL CIENTO
TREINTA Y CINCO CON DIEZ CENTAVOS ($ 26.135,10)
para atender la diferencia a abonar por dicho concepto a la
mencionada Empresa, conforme las razones expresadas en
considerandos que se dan por reproducidas en esta
instancia.-
ARTICULO 2º.- IMPUTAR el egreso conforme lo indica la
Dirección de Administración del Ministerio de Infraestructura
en Nota de Pedido Nº 2014/000214 (fs.36) - Programa 506-
005 - PARTIDAS 12.06.00.00 - Obras Ejecución por Terceros
del P.V.-
ARTICULO 3°.- PROTOCOLICESE, Intervenga Dirección
de Administración del Ministerio de Infraestructura, tome razón
el Honorable Tribunal de Cuentas, Notifíquese, Publíquese
en el Boletín Oficial y PASE a Jefatura de Área de
Inspecciones y Certificaciones, a sus efectos.-
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_10_r181.pdf
Resolución N° 237
Córdoba, 4 de Abril de 2014
Expte. N* 0047-000780/2012 - Ref. Nº 4
VISTO este Referente en el que a fs. 3 del Folio Único N°
2 mediante Nota de fecha 16 de Diciembre 2013 presentada
por la Empresa HASA S.A., contratista de la obra: “GRUPO
SANITARIO - COCINA - REFACCIONES GENERALES en
el Establecimiento que ocupa la Jefatura Departamental Villa
Carlos Paz, ubicado en Avda. San Martín Esq. Saavedra -
B° Centro - Villa Carlos Paz - Departamento Punilla -
Provincia de Córdoba”, solicita Redeterminación de Precios
de la mencionada obra en el marco de las disposiciones del
Decreto N° 1133/10 rectificado por su similar N° 1231/10;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 4/8 del folio único N° 2, la contratista presenta
documentación fundamentando su petición;
Que en cumplimiento a disposiciones internas se agregan
a fs. 4/17 documentación relacionada con la ejecución de la
obra que se trata, de la que se desprende que la adjudicación
se perfeccionó mediante Resolución N° 290/13 de la Dirección
General de Arquitectura, habiéndose suscripto el contrato
correspondiente con fecha 17/07/13 y replanteándose la
misma con fecha 27/09/2013;
Que a fs. 21 División Certificaciones informa que no se ha
confeccionado Certificado Extraordinario de pago a Cuenta;
Que a fs. 23/26, toma participación Sección Costos,
elaborando planilla e informe del que surge que atento lo
dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto Nº 1133/
2010, rectificado por su similar Nº 1231/2010 y lo dispuesto
por Resolución del ex-MOSP Nº 013/2011, se verificó una
variación de costos a partir del mes de NOVIEMBRE/2013
del 7,90%, por lo que se procedió a calcular el Factor de
Redeterminación (Fri), verificándose una variación de costos
a partir de dicho mes del 7,11% habiéndose aplicado los
números índices publicados mensualmente en el Anexo del
Libro INDEC informa, a valores del mes anterior a dicha
fecha y a valores del mes anterior al de la fecha de la Primera
Redeterminación (Julio/2013), resultando un monto a
reconocer a la contratista por dicho concepto de $ 16.226,96.,
por lo que el nuevo presupuesto de obra re determinado
asciende a $ 326.239,59.Al pié de fs. 27 las Direcciones de
Planificación y Proyectos y de Obras, Licitaciones y
Contrataciones propician la continuidad del tramite;
Que a fs. 28, mediante Dictamen N° 176/2014, División
Jurídica expresa que conforme las actuaciones agregadas
en autos y el referido análisis de fs. 23/26 elaborado por
Sección de Estudios de Costos, no existe objeción de orden
jurídico formal para proceder a la Redeterminación solicitada;
Que respecto de los análisis técnico y contable, ese Servicio
Jurídico Asesor no abre juicio por cuanto escapa al ámbito
de su competencia;
Que por lo expuesto, las disposiciones de los Decretos
Provincial N° 1133/10 1231/10 y el Decreto N° 2773/11,
puede el Señor Director proceder en el marco del presente
pronunciamiento;
Que a fs. 29/31 corre agregada copia del Acta Acuerdo por
la primera Redeterminación de Precios, suscripta entre el
Señor Director General de Arquitectura y la Empresa HASA
S.A., con fecha 11/02/2014;
Que a fs. 32/34 obra Acta Acuerdo por la Redeterminación
de Precios, suscripta entre el Señor Director General de
Arquitectura y la Empresa HASA S.A., con fecha 20/03/14;
ATENTO ELLO
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º.- APROBAR el Acta Acuerdo por Rede-
terminación de Precios por Variaciónes de Costos,
correspondiente al mes de NOVIEMBRE/2013, de la obra:
“GRUPO SANITARIO - COCINA - REFACCIONES GEN-
ERALES en el Establecimiento que ocupa la Jefatura
Departamental Villa Carlos Paz, ubicado en Avda. San Martín
Esq. Saavedra - B° Centro - Villa Carlos Paz - Departamento
Punilla - Provincia de Córdoba”, suscripta entre el Señor Direc-
tor General de Arquitectura y la Empresa HASA S.A. obrante a
fs. 32/34, la que a los efectos pertinentes forma parte de la presente
Resolución como Anexo I, compuesta de TRES (3) fojas y
consecuentemente autorizar la inversión de la suma de PESOS
DIECISEIS MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS CON NOVENTA Y
SEIS CENTAVOS ($16.226,96.-), para atender la diferencia a
abonar por dicho concepto a la mencionada Empresa, conforme
las razones expresadas en considerandos que se dan por
reproducidas en esta instancia.-
ARTICULO 2º.- IMPUTAR el egreso conforme lo indica la
Dirección de Administración del Ministerio de Infraestructura en
Nota de Pedido Nº 2014/000517 (fs.37) - Programa 506-002 -
PARTIDAS 12.06.00.00 - Obras Ejecución por Terceros del
P.V. -
ARTICULO 3°.- PROTOCOLICESE , Intervenga Dirección
de Administración del Ministerio de Infraestructura, tome razón el
Honorable Tribunal de Cuentas, Notifíquese, Publíquese en el
Boletín Oficial y PASE a Jefatura de Área de Inspecciones y
Certificaciones, a sus efectos.-
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_10_r237.pdf
Resolución N° 214
Córdoba, 27 de Marzo de 2014
Expte. N* 0047-001367/2013 - Ref. Nº 1
VISTO este Referente en el que a fs.3 mediante Nota de fecha
05 Noviembre 2013 presentada por la Empresa TETRA S.R.L.,
contratista de la obra: “Reparaciones varias en el Complejo
Cultural TEATRO REAL - B° Centro - Córdoba - Departamento
Capital”, solicita Redeterminación de Precios de la mencionada
obra en el marco de las disposiciones del Decreto N° 1133/10
rectificado por su similar N° 1231/10;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 4/5, la contratista presenta documentación
fundamentando su petición;
Que en cumplimiento a disposiciones internas se agregan a fs.
7/18 documentación relacionada con la ejecución de la obra que
se trata, de la que se desprende que la adjudicación se
perfecciono mediante Resolución N° 493/13 de la Dirección
General de Arquitectura, habiéndose suscripto el contrato
correspondiente con fecha 06/09/13 y replanteado la misma el
10/09/13;
Que a fs.20 División Certificaciones informa que no se ha
confeccionado Certificado Extraordinario de pago a Cuenta,
emitiéndose Partes Mensuales N° 1 al N° 4, correspondientes a
los meses de SEPTIEMBRE/13 - DICIEMBRE/2013, con un
avance de Obra del 100,oo%;
Que a fs. 22/28, toma participación Sección Costos, elaborando
planilla e informe del que surge que atento lo dispuesto por los
artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto Nº 1133/2010, rectificado por su
similar Nº 1231/2010 y lo dispuesto por Resolución del ex-MOSP
Nº 013/2011, se verificó una variación de costos a partir del mes
de AGOSTO/2013 del 9,87% y al mes de DICIEMBRE/2013 del
7,61%, por lo que se procedió a calcular el Factor de
Redeterminación (Fri), verificándose una primera variación de
costos a partir del mes de AGOSTO, con un porcentaje del 8,89%
habiéndose aplicado los números índices publicados
mensualmente en el Anexo del Libro INDEC informa, a valores
del mes anterior a dicha fecha y a valores del mes anterior al de
la fecha de cotización (Mayo/2013). A continuación se constató
una segunda variación de costos a partir del mes de DICIEMBRE/
2013, con un porcentaje del 6,84%, utilizándose idéntica
metodología a la detallada precedentemente, con valores del
mes anterior a dicha fecha y a valores del mes anterior a (Agosto/
2013), resultando un monto a reconocer a la contratista por
ambos conceptos de $ 109.025,14., por lo que el nuevo
presupuesto de obra redeterminado asciende a
$1.268.943,63.Al pié de fs. 29 las Direcciones de Planificación y
Proyectos y de Obras, Licitaciones y Contrataciones propician la
continuidad del Trámite;
Que a fs. 30, mediante Dictamen N° 066/2014, División Jurídica
expresa que conforme las actuaciones agregadas en autos y el
referido análisis elaborado por Sección costos, no existe objeción
de orden jurídico formal para proceder a la Redeterminación
tramitada en autos;
Que respecto de los análisis técnico y contable y el
procedimiento de cálculo, ese Servicio Asesor no abre juicio por
cuanto escapa al ámbito de su competencia;
Que atento las constancias de autos, las disposiciones del
Decreto N° 1133/10 y 2773/11, puede el Señor Director proceder
en el marco del presente pronunciamiento haciendo lugar a la
Redeterminación de Precios de la Obra de referencia;
Que a fs. 31/34 obra Acta Acuerdo por la Redeterminación de
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