Resolución N° 16

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIII - Nº 83 CÓRDOBA, 3 de junio de 20142
Señores Ministro de Gobierno y Seguridad, y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención al Tribunal de Disciplina Notarial, al Colegio de
Escribanos de la Provincia de Córdoba, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
DR. JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
WALTER F. SAIEG
MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 534 Córdoba, 20 de Mayo de 2014
VISTO: El Expediente N° 0427-046264/2014, del registro del
Ministerio de Desarrollo Social.-
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el Secretario de Niñez,
Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social, peticiona
la actualización para realización de tareas fuera de la jornada
normal y habitual, para personal que desempeña sus funciones
en el ámbito de su dependencia por el término de seis (6) meses.
Que expone los motivos que fundamentan su pedido, basado en
la necesidad de la normal realización de tareas esenciales que
garanticen la actividad y el funcionamiento regular en la prestación
de los servicios que desde dicha Secretaría se brindan.
Que ha tomado intervención el señor Ministro de Desarrollo
Social, avalando la gestión propiciada.
Que se ha efectuado la previsión presupuestaria para atender la
erogación que la autorización solicitada implica.
Por ello; lo dispuesto por el Decreto Nro. 547/84, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de
Desarrollo Social, con el N° 267/2014, por Fiscalía de Estado en
casos análogos, y en uso de las atribuciones conferidas por el
art.144 inciso 1° de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE la realización de tareas fuera de
la jornada normal y habitual por parte del personal que presta
servicios en el ámbito de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y
Familia del Ministerio de Desarrollo Social, por un período de seis
(6) meses a partir de la fecha del presente Decreto, y por un total
de hasta cincuenta y cuatro mil (54.000) horas, con los límites
establecidos legal y reglamentariamente.
ARTÍCULO 2°.- AUTORIZASE la liquidación y pago de las horas
efectivamente laboradas fuera de la jornada normal y habitual, de
conformidad a lo dispuesto en el artículo anterior y previa
certificación de su realización por parte de la autoridad pertinente.
ARTÍCULO 3°.- FACULTASE al señor Ministro de Desarrollo
Social para que nómine al personal que prestará tareas fuera de
su jornada normal y habitual, como así también para que establezca
las modalidades y condiciones con las que se realizarán dicha
prestación.
ARTÍCULO 4°.- LA erogación que implique lo dispuesto en el
presente acto se imputará a Jurisdicción 1.65, PR. 01, PA.05,
SP.00, DT.00 “Servicios Extraordinarios” del Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 5°.- EL presente Decreto será refrendado por los
señores Ministro de Desarrollo Social, Ministro de Gestión Pública
y Fiscal de Estado.-
ARTÍCULO 6°.- PROTOCOLICESE, comuníquese, desé a la
Secretaría de Capital Humano del Ministerio de Gestión Pública,
notifíquese y archívese.-
DR. JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBIERNO
DANIEL A. PASSERINI
MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE GESTIÓN PÚBLICA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
VIENE DE TAPA
Se designa...
Resolución N° 16 Córdoba, 8 de Abril de 2014
Expediente Nº 0045-104578/14
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de
Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura propone por
Resolución Nº 00130/14, se autorice el llamado a Licitación Pública
para contratar la ejecución de los trabajos de la obra: “PROVISIÓN
Y MONTAJE DE PASARELA PEATONAL EN AUTOVÍA RUTA
NACIONAL Nº 19 ( ROTONDA MALVINAS ) TRAMO: CÓRDOBA
- MONTECRISTO”, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la suma
de $ 1.694.000,00.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección ha procedido a aprobar la correspondiente
documentación base del llamado, como asimismo su Presupuesto
Oficial, todo en cumplimiento de las disposiciones del artículo 1º
del Decreto Nº 4757/77, Reglamentario de la Ley de Obras Públicas
y artículo 2º del Pliego General de Condiciones aprobado por
Decreto Nº 4758/77.
Que se ha realizado la correspondiente imputación presupuestaria
del gasto, en cumplimiento de las previsiones del artículo 13 de la
Ley de Obras Públicas Nº 8614 y el procedimiento de selección a
emplear resulta adecuado en función de las previsiones establecidas
por la Ley N° 5901 -T.O. Ley Nº 6300 y modificatorias, teniendo en
consideración el presupuesto oficial aprobado.
Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Le-
gales del Ministerio de Infraestructura con el Nº 95/14,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR el llamado a Licitación Pública para
contratar la ejecución de los trabajos de la obra: “PROVISIÓN Y
MONTAJE DE PASARELA PEATONAL EN AUTOVÍA RUTA
NACIONAL Nº 19 ( ROTONDA MALVINAS ) TRAMO: CÓRDOBA
- MONTECRISTO”, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la
suma de PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y
CUATRO MIL ($ 1.694.000,00).
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de
PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL
($ 1.694.000,00), conforme lo indica el Departamento Administración
y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad, en su Documento
de Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2014/000152 con cargo a
Jurisdicción 1.50, Programa 504-002, Partida 12.06.00.00 del P.V.
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR a la Dirección Provincial de Vialidad,
para que proceda a fijar la fecha de la Licitación Pública, en los
términos que técnicamente estime conveniente, debiendo asimismo
determinar lugar y hora de apertura de sobres.
ARTÍCULO 4º.- IMPUTAR los gastos que demande la publicidad
que ascienden a la suma de PESOS QUINCE MIL NOVECIENTOS
DOCE ($ 15.912,00), conforme lo indica el Departamento
Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad,
en su Documento de Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2014/
000330 con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 504-001, Partida
3.09.01.00 del P.V.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, pase al Departamento Administración y
Personal de la Dirección Provincial de Vialidad a sus efectos y
archívese.
ING. ISAAC RAHMANE
SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Resolución N° 18 Córdoba, 10 de Abril de 2014
Expediente Nº 0045-016340/12/A1
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de
Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura, propicia
por Resolución Nº 00097/14 la aprobación del Acta Acuerdo de
la primera y segunda Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de Variación de Costos correspondiente a los
meses de junio y julio de 2013, por trabajos faltantes de ejecutar
en la obra: “RESTAURACIÓN DE BANQUINAS EN RUTA PRO-
VINCIAL Nº A-175 - TRAMO: CRUZ DEL EJE - LAS PLAYAS -
EL BRETE - MEDIA NARANJA - DEPARTAMENTO: CRUZ
DEL EJE”, suscripta con fecha 9 de septiembre de 2013, entre el
señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad y el
señor Intendente de la Municipalidad de El Brete, contratista de
la obra.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 048 de esta Secretaría de fecha 23 de
abril de 2013 se dispuso la adjudicación de la obra de referencia
a la Municipalidad de El Brete, firmándose con fecha 07-06-13 el
respectivo contrato de obra.
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 15 del Pliego
Particular de Condiciones obrante en autos, se contempla la
redeterminación de precio del contrato según lo estipulado en las
previsiones del Decreto Provincial Nº 1231/10, modificatorio de
su similar N° 1133/10, y la fórmula polinómica aplicable.
Que habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos
establecidos, se ha producido una variación de costos de la obra
superior al 7% entre el mes de septiembre/2012 (fecha en que
se realizaron los análisis de precios) y el mes de junio/2013
(fecha del contrato), y entre este último y el mes de julio/2013,
estableciéndose la comparación entre las tablas de valores
correspondientes a los meses inmediatamente anteriores a cada
una de ellos.
Que las redeterminaciones de precio en cuestión generan un
Fri (Factor de Redeterminación) igual a 1,13 para el mes de
junio/2013, e igual a 1,22 para el mes de julio/2013, lo que
produce un monto de obra faltante de ejecutar redeterminado de
$ 1.742.520,00 y de $ 1.868.880,00, respectivamente, implicando
un incremento sobre el precio del contrato de $ 182.520,00 y $
126.360,00, ascendiendo el nuevo precio del Contrato a julio de
2013 a la suma de $ 1.868.880,00.
Que de acuerdo a informe de la repartición de origen, al
momento de solicitud de redeterminación de precios, no se ha
ejecutado obra, ya que la misma fue replanteada con fecha 02-
09-13.
Que la contratista ha solicitado el Anticipo Financiero, por lo que
no se incluye dicho importe en el monto de obra faltante de
ejecutar.
Que en consecuencia, al darse el supuesto previsto en el
Decreto 1231/10, modificatorio de su similar N° 1133/10, y
verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente
la aplicación del precitado Decreto, la Dirección Provincial de
Vialidad ha considerado conveniente la redeterminación del
precio del contrato, por lo que ha procedido a suscribir con la
contratista el Acta Acuerdo de Redeterminación de precio por
reconocimiento de variación de costos.
Por ello, las normas legales citadas, lo prescripto en el artículo
14 del Anexo I al Decreto N° 1231/10, modificatorio de su similar
N° 1133/10, Informe de la Dirección Provincial de Vialidad de fs.
35/37, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos
Legales del Ministerio de Infraestructura con el N° 125/14,

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