Resolución N° 134

EmisorDirección General de Inspección de Personas Jurídicas
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVI - Nº 149 CÓRDOBA, 5 de setiembre de 20142
OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL
OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON NOVENTA
Y NUEVE CENTAVOS ($ 873.895,99.-) cantidad que se
autoriza invertir, debiendo suscribirse el contrato
correspondiente, para lo cual el adjudicatario
cumplimentará los requisitos que a tal fin se establecen en
la documentación contractual, autorizándose la devolución
de las garantías constituidas en concepto de mantenimiento
de oferta a la totalidad de los oferentes.-
ARTICULO 3º.- IMPUTAR el egreso que demande la
presente adjudicación conforme lo indica la Dirección
General de Administración del Ministerio de Infraestructura,
en Documento de Contabilidad - Nota de Pedido Nº 2014/
000809 (fs. 170) con cargo a la Jurisdicción 1.50 -
Programa 506-011 -Partida 12.06.00.00 Obras -
Ejecución por Terceros del P.V.-
ARTICULO 4º.- PROTOCOLICESE,intervenga la
Dirección General de Administración del Ministerio de
Infraestructura, tome razón el H. Tribunal de Cuentas,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y PASE a
División Licitaciones y Contratos a sus efectos.
ARQ. ANDRES E. CAPARROZ
DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Resolución N° 134 Córdoba, 9 de Mayo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-109578/2013 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “FUNDACION CREER EN EL
FUTURO”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales
y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad
Civil denominada “FUNDACION CREER EN EL FUTURO”,
con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-Artículo 3º: PROTOCOLICESE,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el
registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 135 Córdoba, 9 de Mayo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-109229/2013 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL PROGRAMA
ANDRES CORDOBA”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del
Estatuto, dispuesta en Asamblea Ordinaria con fecha 29 de
Noviembre de 2013.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman
cumplidos los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales
con relación a la Asamblea Ordinaria, celebrada con fecha 29
de No-viembre de 2013 por la Entidad Civil denominada
“ASOCIACION CIVIL PROGRAMA ANDRES CORDOBA”,
CUIT N° 30-69884388-4, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la
Reforma del Estatuto, modificando el artículo Nro. 21°, en
procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33
segunda parte, inc. 1º ) -35, 45 -primer párrafo- y
concordantes del Código Civil, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley Nº
8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- APROBAR la Reforma del Estatuto So-
cial, sancionada en Asamblea Ordinaria, celebrada con
fecha 29 de Noviembre de 2013, modificando el artículo
Nro 21 de la Entidad Civil denominada “ASOCIACION
CIVIL PROGRAMA ANDRES CORDOBA”, CUIT N° 30-
69884388-4 con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- DECLARAR subsistente la Personería
Jurídica otorgada por Decreto N° 105"A”/82 del 11 de
junio de 1998.-
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLICESE, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, vuelva al
Area de Civiles y Fundaciones para la inscripción en el
registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 137 Córdoba, 9 de Mayo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-108579/2013 mediante el
cual la Entidad Civil denominada “FUNDACION VISION
EDUCATIVA”, con asiento en la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar
como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones
Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos
legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33
-segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y
concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de
las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de
la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad
Civil denominada “FUNDACION VISION EDUCATIVA”, con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma
para actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el
registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 136 Córdoba, 9 de Mayo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-109931/2013 mediante el
cual la Entidad Civil denominada “FUNDACIÓN DELFOS
IDEC (Investigación, Dirección, Enseñanza y Capacitación)”,
con asiento en la Ciudad de Jesús María, Provincia de
Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona
Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones
Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos
legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33
-segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y
concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de
las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de
la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad
Civil denominada “FUNDACIÓN DELFOS IDEC
(Investigación, Dirección, Enseñanza y Capacitación)”, con
asiento en la Ciudad de Jesús María, Provincia de
Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma
para actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el
registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 138 Córdoba, 9 de Mayo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-106380/2013 mediante el
cual la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL DE
PRODUCTORES PARA LA INNOVACION TECNOLOGICA
FRUTIHORTICOLA (A.P.I.Te.F)”, con asiento en la Ciudad
de Colonia Caroya, Provincia de Córdoba, solicita
autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones
Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos
legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33
-segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y
concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de
las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de
la Ley 8652,
VIENE DE TAPA
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