Resolución N° 112

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición26 de Mayo de 2014
CÓRDOBA, 27 de mayo de 2014BOLETÍNOFICIAL - AÑO CI - TOMODXCII - Nº 78Primera Sección7
con una superficie de 13,80 m2. no permite la
realización de construcción alguna por sus
dimensiones y sería un remanente de la obra de
Sistematización del Arroyo “La Cañada”.
Que la Ley N° 4315, modificada por su similar
Nº 4449 establece que los inmuebles
pertenecientes al Estado Provincial situados frente
a las Avenidas del Arroyo “La Cañada” y que no
estén ocupados por obras fiscales o sirvan para
tal objeto podrán ser adquiridos directamente por
propietario de inmuebles colindantes con los
mismos.
Que obra Visto Bueno del Directorio de
APROSS en relación a la desafectación
peticionada.Por ello, atento las actuaciones
cumplidas, lo dispuesto por el artículo 128 de la
Ley Nº 7631 y su Decreto Reglamentario Nº
525/95, lo informado por Contaduría General de
la Provincia al N° 11-233/14, el Área Tierras
Públicas de la Dirección General de Catastro al
N° 7178/13 y de acuerdo con lo dictaminado por
el Área Legales de este Ministerio al Nº 199/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- DESAFECTAR de la órbita
del ex IPAM, hoy APROSS, el inmueble ubicado
en calle Rafael Escuti N° 746, Barrio Güemes de
esta Ciudad, designado como Lote 79, con una
superficie de TRECE METROS CUADRADOS
OCHENTA DECÍMETROS CUADRADOS
(13,80 m2.), Nomenclatura Catastral: 11-01-01-
04-08-011-079, Cuenta N° 1101-2193440/0 e
inscripto en el Registro General de la Provincia
en mayor superficie a la Matrícula N° 254059
Capital (11).
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRODE FINANZAS
Resolución N° 112
Córdoba, 26 de Mayo de 2014
VISTO: El expediente Nº 0180-17346/2013.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos Acuerdo N° 139 Serie “C”
emanado del Tribunal Superior de Justicia
declarando en estado de desuso y/o rezago los
bienes detallados en el Anexo Único que forma
parte del mismo.
Que mediante Acuerdo N° 210 Serie “C” del
Tribunal Superior de Justicia se aprobó la
transferencia de tales bienes, a cuyo fin se
instrumentó la entrega de los mismos a distintas
Dependencias del Ministerio de Educación
mediantes Actas de Entrega de fechas 09/08/13,
13/08/13, 15/08/13, 22/08/13, 02/09/13 y 04/
09/13; a la Comisaría 9na. Mediante Acta de
Entrega de fecha 16/09/13 y a la Asociación Civil
sin fines de lucro REMAR ARGENTINA
mediantes Actas de Entrega de fechas 30/08/13,
03/09/13, 04/09/13 y 05/09/13.
Que REMAR ARGENTINA posee personería
jurídica otorgada por Resolución N° 198 “A”/
1992 de la Dirección General de Inspección de
Sociedades Jurídicas.
Que Contaduría General de la Provincia informa
respecto de los bienes que fueran entregados a
distintos establecimientos dependientes del
Ministerio de Educación de la Provincia y a la
Comisaría 9° de Barrio Bajo Galán, que el cambio
de afectación se instrumentará por parte de la
Contadora General de la Provincia.
Que corresponde en esta instancia, transferir
sin cargo a la Asociación Civil sin fines de lucro
REMAR ARGENTINA los bienes detallados en
Actas de Entrega de fechas 30/08/13, 03/09/13,
04/09/13 y 05/09/13.Por ello, atento las
actuaciones cumplidas, lo prescripto por el artículo
131 del Decreto Nº 525/95 reglamentario de la
Ley Nº 7631 y el artículo 141 inciso 2) de la
Resolución N° 4/11 de la Secretaría de
Administración Financiera, lo informado por
Contaduría General de la Provincia al Nº 10-50/
14 y de acuerdo con lo dictaminado por el Área
Legales de este Ministerio al Nº 186/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- TRANSFERIR sin cargo a la
Asociación Civil sin fines de lucro REMAR AR-
GENTINA los bienes muebles declarados en
condición de desuso y/o rezago según Acuerdos
N° 139 y N° 210 Serie “C” del Tribunal Superior
de Justicia y que se detallan en Actas de Entrega
de fechas 30/08/13, 03/09/13, 04/09/13 y 05/
09/13, las que como Anexo I, con diez (10) fojas
útiles, forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2º.- El Organismo interviniente
confeccionará la respectiva ficha de “Baja” con
mención del instrumento legal autorizante y
comunicará a Contaduría General de la Provincia
para su desglose.
ARTICULO 3º.- PROTOCOLÍCESE,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRODE FINANZAS
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/
min_08_r112.pdf
Resolución N° 114
Córdoba, 26 de Mayo de 2014
VISTO: El expediente Nº 0506-104286/2013,
en que se propicia la transferencia definitiva a
favor de la Comuna de Chancaní, Departamento
Pocho de esta Provincia, del vehículo marca Fiat,
Modelo Siena S Sedan 4 Puertas, Motor marca
Fiat Nº 178B40388582283, Chasis marca Fiat
Nº 8AP17861714155237, Dominio DOS766,
Año 2000, cuya titularidad corresponde a la
Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que dicho vehículo fue declarado en condición
de desuso por Resolución Nº 000290/14 del
Ministerio de Gestión Pública.
Que se ha dado cumplimiento al artículo 141
inciso 2 de la Resolución Nº 004/11 de la
Secretaría de Administración Financiera.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
prescripto por el artículo 131 del Decreto N° 525/
95 reglamentario de la Ley N° 7631, lo informado
por Contaduría General de la Provincia al Nº
10-126/14 y de acuerdo con lo dictaminado por
el Área Legales de este Ministerio al Nº 200/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- TRANSFERIR sin cargo a la
COMUNA DE CHANCANÍ, Departamento
Pocho de esta Provincia, el vehículo marca Fiat,
Modelo Siena S Sedan 4 Puertas, Motor marca
Fiat Nº 178B40388582283, Chasis marca Fiat
Nº 8AP17861714155237, Dominio DOS766,
Año 2000, cuya titularidad corresponde a la
Provincia de Córdoba y declarado en condición
de desuso por Resolución Nº 000290/14 del
Ministerio de Gestión Pública.
ARTÍCULO 2º.- DESIGNAR al Contador Gen-
eral de la Provincia o al Subcontador de
Contabilidad de Contaduría General de la
Provincia para que, uno en defecto del otro,
suscriba a los efectos de ley, la correspondiente
transferencia de dominio, a mérito de la
superintendencia de bienes que ejerce conforme
lo establecido en el artículo 151 de la Constitución
de la Provincia.
ARTÍCULO 3º.- La Repartición interviniente
confeccionará la respectiva ficha de “Baja” con
mención del instrumento legal autorizante con
comunicación a Contaduría General de la
Provincia para su desglose.
ARTÍCULO 4º.- La COMUNA DE CHANCANÍ
deberá efectuar dentro de los treinta (30) días de
recibida la documentación de la unidad automotriz,
la inscripción del citado bien a su nombre en el
Registro Nacional de la Propiedad del Automotor
y acreditar dicha circunstancia ante Contaduría
General de la Provincia en idéntico plazo.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRODE FINANZAS
Resolución N° 116
Córdoba, 26 de Mayo de 2014
VISTO: El expediente Nº 0435-064054/2014,
por el que se propicia la ampliación del Fondo
Permanente “A” “GASTOS GENERALES” del
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos,
creado por Resolución N° 10/08 de este Ministerio
y ampliado por sus similares N° 175/10 y 421/
12.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo determina el artículo 63 de la
Ley Nº 9086, es facultad de este Ministerio otorgar
conformidad para el funcionamiento de los Fondos
Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los
Servicios Administrativos, determinando su
régimen y límites al momento de su creación y
modificación.
Que no existen objeciones que formular desde
el punto de vista técnico-contable en relación a la
ampliación del Fondo Permanente solicitado,
habiendo efectuado la Dirección General de
Tesorería y Crédito Público la intervención de su
competencia.
Que son atendibles las causales planteadas
por la Jurisdicción requirente a los fines de la
ampliación peticionada.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
informado por la Dirección General de Tesorería
y Crédito Público a fs. 8 y de acuerdo con lo
dictaminado por el Área Legales de este Ministerio
al Nº 209/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- AMPLIAR el Fondo
Permanente “A” “GASTOS GENERALES” del
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos,
hasta la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($
600.000.-) con límite por cada pago hasta DIEZ
(10) veces el índice uno (1) previsto por el Artículo
13 de la Ley N° 5901 (T.O. Ley N° 6300), del
que será responsable el Titular del Servicio
Administrativo del citado Ministerio.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE,
comuníquese al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, a Contaduría General de la Provincia,
a la Dirección General de Tesorería y Crédito
Público, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRODE FINANZAS
Resolución N° 117
Córdoba, 26 de Mayo de 2014
VISTO: El expediente Nº 0493-018852/2013.
Y CONSIDERANDO:
Que en autos se propicia la transferencia sin
cargo de bienes informáticos propiedad del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a
favor de la “FUNDACIÓN NEGRO TOBY
SOLIDARIO”. Que los bienes de que se trata
fueron declarados en condición de rezago
mediante Resolución N° 014/14 del Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos.
Que la “FUNDACIÓN NEGRO TOBY
SOLIDARIO” posee personería jurídica otorgada
por Resolución N° 379 “A” de fecha 14 de
setiembre de 2010 de la Dirección de Inspección
de Personas Jurídicas.
Que se ha dado cumplimiento al artículo 141
inciso 2 de la Resolución Nº 004/11 de la
Secretaría de Administración Financiera.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
prescripto por el artículo 131 del Decreto Nº 525/
95 reglamentario de la Ley Nº 7631, lo informado
por Contaduría General de la Provincia al Nº 10-
133/14 y de acuerdo con lo dictaminado por el
Área Legales de este Ministerio al Nº 203/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- TRANSFERIR sin cargo a la
“FUNDACIÓN NEGRO TOBY SOLIDARIO”
(C.U.I.T. N° 30-71155833-7), los bienes
informáticos declarados en condición de rezago
mediante Resolución N° 014/14 del Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos y que se detallan
en Anexo I, el que con cuatro (4) fojas útiles,
forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- El Organismo interviniente
confeccionará la respectiva ficha de “Baja” con
mención del instrumento legal autorizante y
comunicará a Contaduría General de la Provincia
para su desglose.
ARTICULO 3º.- PROTOCOLÍCESE,
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CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRODE FINANZAS
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/
min_08_r117.pdf

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