Resolución N° 1104

EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición 8 de Octubre de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVII - Nº 176 CÓRDOBA, 14 de octubre de 20142
Resolución N° 1104
Córdoba, 8 de Octubre de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0645-000994/13 del
registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO: Que obran actuaciones se
relacionan con la clasificación por localización del
Centro Educativo de Nivel Primario para Adultos N°
11 (C.E.N.P.A.), EE 0112161, de San Francisco del
Chañar -Departamento Sobremonte-,dependiente
de la Dirección General de Jóvenes y Adultos y la
pertinente asignación de la bonificación respectiva a
su personal docente y no docente.
Que de acuerdo con la documental obrante en au-
tos, han quedado acreditados los extremos legales
que prevé la normativa de aplicación para acceder a
dicho beneficio, conforme con lo previsto en los arts. 2°
inc g) y 9° del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.
Que conforme con lo expuesto, procedente en
esta instancia clasificar al mencionado establecimiento
educativo en el Grupo de localización correspon-
diente y, en consecuencia, otorgar a su personal
docente y no docente el respectivo porcentaje de
bonificación por ese concepto.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N°
2456/13 del Área Jurídica de este Ministerio, lo
aconsejado a fs. 42 por la Dirección de Coordinación
de Asuntos Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- CLASIFICAR en el Grupo “E”
de localización al Centro Educativo de Nivel Primario
para Adultos N° 11 (C.E.N.P.A.), EE0112161, de
San Francisco del Chañar -Departamento
Sobremonte-, dependiente de la Dirección General
de Jóvenes y Adultos, a partir de la fecha de la
presente resolución, y en consecuencia OTORGAR
por ese concepto la bonificación del ochenta por
ciento (80%) a su personal docente y del cincuenta
y dos por ciento (52%) a su personal no docente,
conforme con lo previsto en los arts.2° inc. g) y 9°
del Decreto N° 1001/2014 y su Anexo II.El egreso
se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35; Programa 366;
Partidas: Principal 01, Parciales: 01 “Personal
Permanente” y 02 “Personal No Permanente”.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la
Dirección General de Administración de Capital
Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1107
Córdoba, 9 de Octubre de 2014
VISTO: Los Expedientes Nros. 0645-000461/
2011, 0645-000248/2010, 0645-000173/2010,
0645-000448/2011 y su agregado N° 0623-118718/
2011, 0645-000473/2011, 0645-000465/2011 y su
agregado N° 0622-120848/2011, 0645-000626/
2011, 0645-000612/2011 y 0645-000602/2011 del
registro del Ministerio de Educación,
Y CONSIDERANDO: Que en dichas actuaciones
obran solicitudes de personal docente, que se nomina
en el Anexo I, en relación a la presentación de la
renuncia condicionada al otorgamiento del beneficio
MINISTERIO DE
EDUCACN
provisional.
Que constan copias de las Resoluciones de la
Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de
Córdoba, mencionadas en el referido Anexo,
mediante las cuales se otorgó a los peticionantes el
beneficio previsional correspondiente.
Que de la situación de revista surge que los
interesados no se encuentran suspendidos, ni existe
sumario o investigación administrativa pendiente en
su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado
en cada caso particular por el Área Jurídica de este
Ministerio y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- ACEPTAR en forma definitiva, la
renuncia presentada por el personal docente
dependiente de este Ministerio, que se consigna
en el Anexo I, el que compuesto de una (1) foja
forma parte de este instrumento legal, a partir de la
fecha que en cada caso se especifica, para acogerse
a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, conforme
a las Resoluciones emanadas de la Caja de
Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba allí
mencionadas.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuní-
quese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_03_r1107.pdf
Resolución N° 1108
Córdoba, 9 de Octubre de 2014
VISTO: Los Expedientes Nros. 0109-093100/
2010, 0109-095645/2010, 0109-089312/2009,
0109-092099/2010, 0109-089086/2009, 0109-
089108/2009, 0109-095945/2010, 0109-095259/
2010, 0109-089733/2009, 0109-102426/2011,
0109-094008/2010, 0109-092843/2010 y 0109-
092739/2010 del registro del Ministerio de Educación,
Y CONSIDERANDO: Que en dichas actuaciones
obran solicitudes de personal docente, que se
nominan en el Anexo I, en relación a la presentación
de la renuncia condicionada al otorgamiento del
beneficio provisional.
Que constan copias de las Resoluciones de la
Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de
Córdoba, mencionadas en el referido Anexo,
mediante las cuales se otorgó a los peticionantes el
beneficio previsional correspondiente.
Que de la situación de revista surge que los
interesados no se encuentran suspendidos, ni existe
sumario o investigación administrativa pendiente en
su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado
en cada particular por el Área Jurídica de este
Ministerio y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- ACEPTAR en forma definitiva, la
renuncia presentada por el personal docente
dependiente de este Ministerio, que se consigna en
el Anexo I, el que compuesto de una (1) foja forma
parte de este instrumento legal, a partir de la fecha que
en cada caso se especifica, para acogerse a los
beneficios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las
Resoluciones emanadas de la Caja de Jubilaciones,
Pensiones y Retiros de Córdoba allí mencionadas.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuní-
quese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_03_r1108.pdf
Resolución N° 1109
Córdoba, 9 de Octubre de 2014
VISTO: Los Expedientes Nros. 0109-082555/2008,
0109-101948/2011, 0109-113044/2013, 0109-
089789/2009, 0109-081007/2007, 0109-096029/
2010, 0109-087299/2009, 0109-099312/2011, 0109-
113183/2013, 0109-101002/2011, 0109-099465/
2011, 0109-092591/2010, 0109-092275/2010, 0109-
099958/2011, 0109-081831/2008, 0109-087556/
2009, 0109-092211/2010 y 0109-092159/2010 del
registro del Ministerio de Educación,
Y CONSIDERANDO: Que a través de los mismos
se sustancian actuaciones referidas a las renuncias
por motivos particulares presentadas por docentes
dependientes de este Ministerio;
Que de las constancias de autos surge que los
docentes que se nominan en el Anexo I del presente
instrumento legal, presentaron la renuncia por
razones particulares a cargos que cada uno
detentaba.
Que consta en autos que los mismos fueron
eximidos por el titular del área respectiva de la
exigencia de permanecer en el cargo prevista en
los artículos 24 del Decreto-Ley N° 1910/E/57 y 26
-segundo párrafo- de su Reglamentación, aprobada
por Decreto N° 3999/E/67.
Que de las respectivas situaciones de revista surge
que los docentes no se encuentran suspendidos, ni
existe sumario o investigación administrativa
pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos y lo dictaminado
por el Área Jurídica de este Ministerio en cada caso
en particular;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- ACEPTAR las renuncias
presentadas, por razones particulares por el
siguiente personal docente dependiente de este
Ministerio, que se nomina en el Anexo I a la
presente resolución, compuesto de una (1) foja, a
los cargos, establecimientos y a partir de la fecha
que en cada caso se especifican.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuní-
quese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_03_r1109.pdf
Resolución N° 1110
Córdoba, 9 de Octubre de 2014
VISTO: Los Expedientes Nros. 0109-100002/
2011, 0109-092209/2010, 0109-116945/2013,
0109-112963/2013, 0109-107850/2012, 0109-
113946/2013 y 0109-113041/2013 del registro del
Ministerio de Educación,
Y CONSIDERANDO: Que a través de los mismos
se sustancian actuaciones referidas a las renuncias
por motivos particulares presentadas por docentes
dependientes de este Ministerio;
Que de las constancias de autos surge que los
docentes que se nominan en el Anexo I del presente
instrumento legal, presentaron la renuncia por
razones particulares a cargos que cada uno
detentaba.
Que consta en autos que los mismos fueron
eximidos por el titular del área respectiva de la
exigencia de permanecer en el cargo prevista en
los artículos 24 del Decreto-Ley N° 1910/E/57 y 26
-segundo párrafo- de su Reglamentación, aprobada
por Decreto N° 3999/E/67.
Que de las respectivas situaciones de revista surge
que los docentes no se encuentran suspendidos, ni
existe sumario o investigación administrativa
pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos y lo dictaminado
por el Área Jurídica de este Ministerio en cada caso
en particular;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- ACEPTAR las renuncias
presentadas, por razones particulares por el
siguiente personal docente dependiente de este
Ministerio, que se nomina en el Anexo I a la presente
resolución, compuesto de una (1) foja, a los cargos,
establecimientos y a partir de la fecha que en cada
caso se especifican.
ARTÍCULO 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuní-
quese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_03_r1110.pdf
Resolución N° 1111
Córdoba, 9 de Octubre de 2014
VISTO: Los Expedientes Nros. 0109-089143/
2009, 0109-094693/2010, 0109-076808/2007,
0109-113317/2013, 0109-114278/2013, 0109-
086570/2009 y 0109-118589/2014 del registro del
Ministerio de Educación,
Y CONSIDERANDO: Que a través de los
mismos se sustancian actuaciones referidas a las
renuncias por motivos particulares presentadas
por docentes dependientes de este Ministerio;
Que de las constancias de autos surge que los
docentes que se nominan en el Anexo I del
presente instrumento legal, presentaron la renuncia
por razones particulares a cargos que cada uno
detentaba.
Que consta en autos que los mismos fueron

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