Resolución N° 11

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición27 de Febrero de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXC - Nº 37 CÓRDOBA, 21 de marzo de 20142
MINISTERIO DE
FINANZAS
Resolución N° 31 Córdoba, 24 de Febrero de 2014
VISTO: El expediente Nº 0562-000975/2013.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la contratación
directa de un servicio de seguridad privada para el inmueble
ubicado en calle Hipólito Irigoyen N° 840 1° Piso de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en el que tienen sede la Dirección
General de Rentas y la Dirección de Policía Fiscal, a prestarse
en días hábiles para la Administración Pública en el horario de 16
a 20 horas, por el término de un año, a partir del 1° de abril de
2014.
Que las firmas que cotizan son: GÜESEG S.R.L., SE.P.AR.
S.R.L. y S.M. LUCA SEGURIDAD INTEGRAL S.A.
Que a fs. 34 el Área Contrataciones de la Dirección General de
Administración de este Ministerio sugiere contratar con la firma
GÜESEG S.R.L., por resultar la propuesta económica más
ventajosa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 116 de
la Ley Nº 7631.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto por los
Artículos 110 inciso 1º, 116 y 117 de la Ley N° 7631, Decreto Nº
2033/09, Artículo 16 de la Ley N° 5901 (T.O. Ley N° 6300) en
concordancia con lo previsto en el artículo 42 de la Ley Nº
10176, la Nota de Pedido Nº 2014/000005 realizada por el
Departamento Presupuesto y Contable, lo informado por el Área
Contrataciones a fs. 34 ambos de la Dirección General de
Administración de este Ministerio y de acuerdo con lo dictaminado
por el Área Legales del mismo Ministerio al Nº 37/14,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º.- CONTRATAR en forma directa con la firma
“GÜESEG S.R.L” (CUIT N° 30-71043162-7), el servicio de
seguridad privada para el inmueble ubicado en calle Hipólito
Irigoyen N° 840, 1° Piso de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires en el que tienen sede la Dirección General de Rentas y la
Dirección de Policía Fiscal, a prestarse en días hábiles para la
Administración Pública en el horario de 16 a 20 horas, por el
término de un año, a partir del 1° de abril de 2014, al precio de
PESOS SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO ($ 6.921.-)
mensuales, de acuerdo con características técnicas y presupuesto
de la citada empresa, los que como Anexo I y II con una (1) y dos
(2) fojas útiles respectivamente, forman parte integrante de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que demande el cum-
plimiento de la presente Resolución por la suma total de PESOS
OCHENTA Y TRES MIL CINCUENTA Y DOS ($ 83.052.-) a
Jurisdicción 115 -Ministerio de Finanzas-, de acuerdo con el
siguiente detalle: por el período abril-diciembre de 2014, $ 62.289,
al Programa 151-000, Partida: 3.11.99.00 “Otros servicios de
Vigilancia N.C.” y por el período enero marzo de 2015, $ 20.763
como Importe Futuro.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tri-
bunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en
el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_08_r31.pdf
Resolución N° 11
Córdoba, 27 de Febrero de 2014
VISTO: El expediente Nº 0424-104523/2014.
Y CONSIDERANDO:
Que los Artículos 80 y 88 de la Ley Nº 9086 en
concordancia con el Artículo 116 del Anexo “A” a la
Resolución Nº 004/11 de la Secretaría de Administración
Financiera, disponen que los gastos comprometidos y no
devengados al día treinta y uno de diciembre de cada año,
deberán ser desafectados, autorizándose a que dichos
gastos, de considerarse necesario, se vuelvan a imputar
con cargo a los créditos previstos en la Ley de Presupuesto
General de la Administración Pública Provincial
correspondiente al ejercicio del año siguiente al de su
caducidad, debiendo los Servicios Administrativos
confeccionar los documentos contables pertinentes y
autorizar a reconducir los documentos a nivel de Ordenes
de Compra emitidos en el ejercicio 2013 como Importe
Futuro para el año 2014.
Que de acuerdo con lo antedicho puede accederse
conforme lo propicia el Área Administración de esta
Dirección General a fs. 55,
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dispuesto
por los artículos 80 y 88 de la Ley Nº 9086 y artículo 116
del Anexo “A” a la Resolución Nº 004/11 de la Secretaría
de Administración Financiera,
LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR la emisión de las Órdenes
de Compra Negativas -Ejercicio 2013- Jurisdicción 1.15 -
Ministerio de Finanzas- por las que se desafectan los gastos
comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de
2013, de conformidad con el Anexo I, el que con dos (2)
fojas útiles, forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º- APROBAR la emisión de las Órdenes de
Compra Ejercicio 2014-Jurisdicción 1.15 -Ministerio de
Finanzas-, por los importes que se deben reimputar con
cargo al presente ejercicio y por los importes futuros
referidos en el ejercicio 2013 que corresponden ser
Resolución N° 4 Córdoba, 19 de Marzo de 2014
VISTO: La Resolución Nº 22 de fecha 01-10-12 emanada de
la Contaduría General de la Provincia por la que se resuelve dar
de baja del Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del
Estado, a proveedores del Estado que no han actualizado su
inscripción por períodos superiores a diez años.
Y CONSIDERANDO:
Que se verifican a la fecha los hechos que motivaron la emisión
de la citada Resolución, siendo pertinente continuar la tarea que
fuera instruida por la misma.
Que la Ley Orgánica de Contabilidad, Presupuesto y
Administración Nº 7631, en su artículo 121, faculta al Poder
Ejecutivo a organizar el Registro Oficial de Proveedores y
Contratistas del Estado.
Que por Decreto Nº 9243/87, el Señor Gobernador de la
Provincia dispone la vigencia a partir del 1º de enero de 1988 y
hasta el dictado de las normas que reglamenten la Ley Nº 7631,
de los Decretos Nº 1881/80 y 1882/80 en todo lo que no se
opongan a la misma.
Que el punto 1.3.6. del referido Decreto Nº 1882/80,
reglamentario del Sistema de Suministros de la Provincia, expresa
que el Registro de que se trata podrá dar de baja a las firmas que
no mantengan los requisitos exigidos.
Que asimismo y según lo prevé el Decreto Provincial Nº 1659/
97 la citada información debe enviarse al Archivo de la
Repartición.Que razones de orden operativo, lo hacen pertinente.
Por ello, y en uso de sus atribuciones,
LA CONTADORA GENERAL DE LA PROVINCIA
R E S U E LV E:
ARTÍCULO 1°: Dar de baja del Registro Oficial de Proveedores
y Contratistas del Estado, a los legajos de las firmas detalladas en
nómina que se adjunta de una foja útil, que como Anexo I forma
parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°: Protocolícese, comuníquese y archívese.
CRA. MIRIAM B. FRONTERA
CONTADORA GENERAL DE LA PROVINCIA
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_08_r4.pdf
CONTADURÍA GENERAL
DE LA PROVINCIA
imputados al nuevo ejercicio, de conformidad con el Anexo
II, el que con dos (2) fojas útiles, forma parte integrante de
la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención
al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese a
Contaduría General de la Provincia, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
CRA. SUSANA LÓPEZ DE VAIRA
DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/dga_r11.pdf
Resolución N° 7
Córdoba, 21 de Febrero de 2014
VISTO: El expediente Nº 0424-104526/2014.
Y CONSIDERANDO:
Que los Artículos 80 y 88 de la Ley Nº 9086 en
concordancia con el Artículo 116 del Anexo “A” a la
Resolución Nº 004/11 de la Secretaría de Administración
Financiera, disponen que los gastos comprometidos y no
devengados al día treinta y uno de diciembre de cada año,
deberán ser desafectados, autorizándose a que dichos
gastos, de considerarse necesario, se vuelvan a imputar
con cargo a los créditos previstos en la Ley de Presupuesto
General de la Administración Pública Provincial
correspondiente al ejercicio del año siguiente al de su
caducidad, debiendo los Servicios Administrativos
confeccionar los documentos contables pertinentes y
autorizar a reconducir los documentos a nivel de Ordenes
de Compra emitidos en el ejercicio 2013 como Importe
Futuro para el año 2014.
Que de acuerdo con lo antedicho puede accederse
conforme lo propicia el Área Administración de esta
Dirección General a fs. 82,
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dispuesto
por los artículos 80 y 88 de la Ley Nº 9086 y artículo 116
DIRECCION DE JURISDICCION DE
ADMINISTRACN -
MINISTERIO DE FINANZAS

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