Resolución N° 106

EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2014
CÓRDOBA, 26 de marzo de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXC - Nº 39 Primera Sección 7
Que es necesario dar continuidad a la población
meta destinataria en esta séptima edición,
incorporando el año 2012 y Planes anteriores al
mismo, sin límite.
Que el FinEs es un Plan específico y a término,
con carácter excepcional.
Por ello, el Dictamen N° 0300/2014 del Área
Jurídica de este Ministerio, lo aconsejado a fs. 18
por la Dirección de Coordinación de Asuntos Le-
gales y en uso de atribuciones conferidas por
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER la séptima
etapa del Plan de Finalización de Estudios
Primarios y Secundarios para Jóvenes y Adultos
(FinEs), que tendrá vigencia durante el ciclo
lectivo 2014, destinadas a completar la Educación
Secundaria de Jóvenes y Adultos mayores de
dieciocho (18) años que han concluido en forma
regular el último año de la Educación Secundaria
de las diferentes modalidades y adeudan
materias, cuya fundamentación, requisitos de
admisión, entidades conveniantes, escuelas-
sedes, escuelas de procedencia, modos de
inscripción, designación y funciones de los
agentes participantes, recursos, régimen de
evaluación y acreditación, cronograma y
bonificaciones, obran en el Anexo I, que con
ocho (8) fojas, forma parte de la presente
Resolución.-
ARTÍCULO 2°.- DISPONER que la
designación del personal docente afectado a
este Plan se realice en cada sede por
convocatoria abierta con carácter a término,
pudiéndose convocar en primera instancia a
quienes ya hayan participado del mismo en
etapas anteriores, según su desempeño, previa
evaluación del Tutor Coordinador.
ARTÍCULO 3°.- ESTABLECER los importes a
liquidar en concepto de bonificación mensual, de
carácter no remunerativo, fijada mediante Decreto
N° 1858/08 a favor del Personal de la
Administración Pública Provincial ó ajena a ella,
designado en funciones docentes en el marco
del Plan FinEs -Deudores de Materias- con
vigencia durante el ciclo lectivo 2014, según lo
consignado en el Anexo II de esta Resolución,
compuesto de 1 (una) foja.
ARTÍCULO 4°.- DISPONER que el pago
de dicha bonificación será compatible con la
efectiva prestación del servicio.
ARTÍCULO 5°.- PROTOCOLÍCESE, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_03_r105.pdf
Resolución N° 106
Expediente N° 0100-105393/2014
Córdoba, 17 de Marzo de 2014
VISTO: las facultades conferidas por Decreto
N° 1858/08, las Resoluciones emanadas de
este Ministerio que dispusieron la continuidad
del Plan de Finalización de Estudios
Primarios y Secundarios para Jóvenes y
Adultos (FinEs) en el ámbito de la Provincia
de Córdoba y la implementación del Plan
FinEs 2 -Trayecto Educativo- durante los ciclos
lectivos 2010, 2011, 2012 y 2013, según las
Resoluciones Nros. 174/10, 280/11, 157/12 y
302/13;
Y CONSIDERANDO:
Que es pertinente al Plan FinEs, incluir, articu-
lar y fortalecer las ofertas educativas
preexistentes, para potenciar los logros y
garantizar la terminalidad educativa de Jóvenes
y Adultos.
Que resulta necesario ampliar, en esta etapa
del Plan FinEs 2, la atención de la población
meta prevista en los lineamientos generales del
Plan, incorporando a jóvenes a partir de los 18
años de edad que hayan iniciado y no concluido
el cursado en el sistema formal o no haber iniciado
la Educación Secundaria, o bien que hayan sido
alfabetizados por el Programa Encuentro u otros
proyectos, y estén interesados en finalizar la
Educación Primaria.
Que es apropiado mejorar la oferta educativa,
en orden a garantizar la oportunidad educativa a
discapacitados motores y también a personas en
contexto de encierro.
Que es menester la afectación de personal para
desarrollar las tareas pertinentes al Plan FinEs
2, por lo que corresponde establecer funciones
y retribuciones que se asignarán por dichas
actividades.
Por ello, lo establecido en los arts. 46, 48 y 138
de la Ley N° 26206 y 17, 18, 19 y 20 de la Ley
N° 26058, el Dictamen N° 0298/2014 del Área
Jurídica de este Ministerio y lo aconsejado a fs.
17 por la Dirección de Coordinación de Asuntos
Legales;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER, durante el
ciclo lectivo 2014, la vigencia del Plan de
Finalización de Estudios Primarios y Secundarios
para Jóvenes y Adultos (FinEs) Etapa 2 -Trayecto
Educativo Niveles Primario y Medio-, cuya
fundamentación, requisitos de admisión,
entidades conveniantes, escuelas-sedes, modos
de inscripción, estructura y funciones de los
agentes intervinientes se especifican en el Anexo
I de la presente Resolución, compuesto de seis
(6) fojas.
ARTÍCULO 2°.- DISPONER, que la
designación del personal a cargo del Plan en
esta etapa se realice con acuerdo entre la escuela-
sede y la Unidad de Gestión de Plan FinEs
Córdoba.
ARTÍCULO 3°.- INCORPORAR, al Plan
FinEs una oferta educativa destinada a jóvenes
y adultos que no hayan concluido el Nivel
Primario o que no hayan iniciado o finalizado el
Nivel Secundario.
ARTÍCULO 4°.- ESTABLECER los importes
a liquidar en concepto de bonificación mensual
de carácter no remunerativo, fijada mediante
Decreto N° 1858/08 a favor del personal de la
Administración Pública Provincial o ajena a ella,
designado en funciones docentes en el marco
del Plan FinEs -Trayecto Educativo- con vigencia
durante el ciclo lectivo 2014, según lo consignado
en el Anexo II de esta Resolución, compuesto de
una (1) foja.
ARTÍCULO 5°.- DISPONER que el pago de
dicha bonificación será compatible con la efectiva
prestación del servicio.
ARTÍCULO 6°.- PROTOCOLÍCESE, comuní-
quese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http://boletinoficial.cba.gov.ar/anexos2014/min_03_r106.pdf

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