Resolución N° 104

EmisorSecretaría de obras públicas
Fecha de la disposición 6 de Noviembre de 2013
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO C - TOMO DLXXXVI - Nº 210 CÓRDOBA, 29 de noviembre de 20132
DOLORES” con la Municipalidad de Las Tapias, por la suma de
PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($
162.800,00).
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de
PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS ($
162.800,00), conforme lo indica el Departamento Administración y
Personal de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento
de Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2013/001686, de acuerdo al
siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50, Programa 504-002, Partida: 12.06.00.00, Centro
de Costo 5470 del P.V...................................................$ 62.800,00
Presupuesto Futuro Año 2014.....................................$ 80.000,00
Presupuesto Futuro Año 2015......................................$ 20.000,00
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Presidente de la Dirección
Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura
a suscribir el contrato pertinente.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Vialidad a sus
efectos y archívese.
ING. ISAAC RAHMANE
SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
RUTA PROVINCIAL Nº 32
Resolución N° 104 Córdoba, 6 de noviembre de 2013
Expediente Nº 0045-016549/13.-
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de
Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura, propicia por
Resolución Nº 00681/13 se contrate en forma directa la ejecución
de los trabajos de la obra: “CONSERVACIÓN DE RUTINA EN
RUTA PROVINCIAL Nº 32 - TRAMO: OBISPO TREJO - LA POSTA
- DEPARTAMENTO RIO PRIMERO” con la Comuna de La Posta,
por la suma de $ 309.420,00.
Y CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Vialidad ha procedido a aprobar el
proyecto, pliegos y demás documentación técnica de la obra de
que se trata, así como su presupuesto oficial.
Que surge de la Memoria Descriptiva obrante en autos que los
tramos de la Ruta Provincial Nº 32 que alcanza una longitud de
26,00 km, son caminos de llanura que atraviesan y comunican
importantes centros Agrícolo-Ganaderos del Departamento Río
Primero. El tránsito vehicular de carga como de pasajeros, es
abundante y fluido durante todo el año.
Que las Banquinas y Perfiles Transversales necesitan en forma
periódica de la realización de trabajos de conservación, debido a
que los mismos presentan banquinas que se descalzan con
frecuencia, como así también el crecimiento de la vegetación es
muy abundante, lo que hace peligroso el tránsito vehicular.
Que consta en autos la conformidad de la Comuna de La Posta
para realizar los trabajos referenciados por la suma de $ 309.420,00
(fs. 16).
Que el caso encuadra en las previsiones del Artículo 7 inciso e) de
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento
Contable (Nota de Pedido), conforme lo establecido por el artículo
13 de la Ley 8614.
Por ello, las disposiciones de la Ley 5901 - T.O. Ley 6300 y sus
modificatorias y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de
Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el Nº 530/13,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- CONTRATAR en forma directa la ejecución
Obras: Conservación de...
de los trabajos de la obra: “CONSERVACIÓN DE RUTINA EN
RUTA PROVINCIAL Nº 32 - TRAMO: OBISPO TREJO - LA
POSTA - DEPARTAMENTO RIO PRIMERO” con la Comuna
de La Posta, por la suma de PESOS TRESCIENTOS NUEVE
MIL CUATROCIENTOS VEINTE ($ 309.420,00).
ARTÍCULO 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma
de PESOS TRESCIENTOS NUEVE MIL CUATROCIENTOS
VEINTE ($ 309.420,00), conforme lo indica el Departamento
Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad
en su Documento de Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2013/
001683, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50, Programa 504-002, Partida: 12.06.00.00, Centro
de Costo 5470 del P.V...................................................$ 50.000,00
Presupuesto Futuro Año 2014...................................$ 200.000,00
Presupuesto Futuro Año 2015......................................$ 59.420,00
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al señor Presidente de la Dirección
Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura
a suscribir el contrato pertinente.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Vialidad a
sus efectos y archívese.
ING. ISAAC RAHMANE
SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
ERSeP
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución N° 1867
Córdoba, 27 de noviembre de 2013
Ref. Expte Nº 0521-046606/2013
Y VISTO:Que obra en autos solicitud de fecha 11 de
Septiembre de 2013, formulada por la empresa Aguas
Cordobesas S.A, por la que solicita revisión tarifaria por incre-
mento de costos, conforme a lo estipulado en el numeral 9.2.3.1
iii) del Contrato de Concesión del servicio público de suministro
de agua potable de la ciudad de Córdoba. Asimismo la
Resolución ERSeP N° 1673/2013 por la que se habilita el
procedimiento de revisión tarifaria y se constituye la Mesa de
Estudio de Valores Tarifarios y Precios. Por último, actas de las
sucesivas reuniones de la Mesa, con su documentación
respaldatoria.-
Y CONSIDERANDO: Voto del Presidente Dr. Mario Agenor
BLANCO y de los Directores: José Carlos ARÉVALO y Walter
SCAVINO.Que en el marco de la normativa vigente, producidos
los supuestos requeridos por el numeral 9.2.3.1 del Contrato
de Concesión para dar inicio al mencionado proceso de revisión
tarifaria, mediante Resolución ERSeP Nº 1673/2013 se dispuso:
“Artículo 1º: HABILÍTASE el procedimiento de revisión tarifaria
promovido por Agua Cordobesas S.A. en el marco de lo
dispuesto en el numeral 9.2.3 del Contrato de Concesión.
Artículo 2º: CONSTITÚYASE la denominada Mesa de Estudios
de Valores Tarifarios y Precios, la que estará integrada por un
(1) representante del Concedente; un (1) representante por
Fiscalía de Estado, un (1) representante del Ente de Control y
dos (2) representantes designados por el Concesionario (...)”.-
Que conforme a lo estipulado en el numeral 9.2.7.1
corresponde a la Mesa “(...) establecer la variación de costos
de prestación del servicio y desarrollar la revisión de los valores
tarifarios, precios, cargos y penalidades conforme lo establecido
en los numerales 9.2.3. (...)”, relativo a la “Revisión por Incre-
mento de Costos”, el que en su literal iii) prevé la posibilidad de
habilitar el mecanismo “(...)cuando hayan transcurrido seis (6)
meses desde la última revisión”.-
Que en relación a su funcionamiento, se dispone que la Mesa
“(...) deberá verificar y evaluar (...) la variación registrada en
el coeficiente de variación de costos (...) y proponer dentro del
mismo plazo al Ente de Control su propuesta de modificación
tarifaria” (conforme el numeral 9.2.7.2).-
Que además, se establece que “Las decisiones de la Mesa
se adoptarán por simple mayoría de votos correspondiéndole
a cada integrante un voto...”, debiendo elevar su propuesta al
Ente de Control, el que dispondrá de cinco (5) días hábiles
para efectuar la convocatoria a Audiencia Pública (9.2.7.2).-
Que asimismo, se incorpora a las presentes actuaciones el
informe definitivo elaborado por el Área de Costos y Tarifas.-
Que en relación a lo anterior, se ha verificado en autos el
cumplimiento de los recaudos legales mencionados, toda vez
que lucen agregadas las siguientes actuaciones: 1) Actas de
reuniones de la Mesa con registro de temas tratados y asistencia
de sus miembros, 2) Documentación e informes tenidos en
cuenta en el proceso de evaluación y análisis; y 3) Acta Nº 04
de fecha 21 de Noviembre de 2013, por la que se deja asentada
la propuesta de modificación tarifaria, con mención de
fundamentos y número de votos obtenidos para su arribo, la
que se integra por el ítem: “3.1. Incremento de Costos en el
período Enero 2013/Julio de 2013 (numeral 9.2.3.2 y 9.2.3.3
del Contrato de Concesión): a) Se aprueba propuesta de
modificación tarifaria, en base a los antecedentes citados,
documentación incorporada y en particular el análisis y
conclusiones arribadas en el Informe Técnico de fs. 88/108 ,
por mayoría, recomendando su aplicación al Concedente,
expresando lo siguiente:
Variación de los costos del Concesionario generada en
cambios de precios en el período Enero 2013/Julio de 2013 del
orden del 13,61 %.-.
Implementación a partir del mes de Enero de 2014”.-Que el
artículo 20 de la Ley Nº 8835 - Carta del Ciudadano, según
modificación introducida por la Ley Nº 9318, dispone que la
autoridad regulatoria deberá convocar a Audiencia Pública “(...)
cuando el informe o tratamiento se relacione con la modificación
de los cuadros tarifarios de los servicios públicos, en forma
previa a su implementación”.-
Que el procedimiento de la Audiencia Pública se encuentra
reglamentado por Resolución General ERSeP Nº 10/07
estableciendo que la convocatoria deberá contener los
siguientes puntos: a) la relación sucinta de su objeto; b) la
indicación precisa del lugar o los lugares en donde puede
recabarse mayor información y obtenerse copia y vista de las
presentaciones y demás documentación pertinente; c) el plazo
para la presentación de la solicitud de participación de los
interesados, pretensiones y prueba; d) lugar y fecha de
celebración de las audiencias; e) breve explicación del
procedimiento y f) toda otra información que se estime pertinente.-
Que habiendo sido recibida la propuesta por parte de la Mesa
de Estudios de Valores Tarifarios y Precios y dentro del plazo
establecido, corresponde emitir acto administrativo disponiendo
la convocatoria a Audiencia Pública a los fines de su oportuno
tratamiento.
Voto del Director Dr. Juan Pablo QUINTEROSVuelve a
consideración de este Director el Expediente N° N° 0521-
046606/2013 iniciado el 17-09-2013 por el cual se tramita la
solicitud de revisión tarifaria efectuada por Aguas Cordobesas
S.A. mediante nota de fecha 11 de septiembre de 2013. En
dicha presentación, a fs. 1/3 (primer cuerpo), pide la
redeterminación de los valores tarifarios correspondientes al
período comprendido entre Enero de 2013 a Julio de 2013.
Obra a fs 09/38 (primer cuerpo) “Certificación de información
de precios observados y cálculo de variación de costos
operativos” elaborado por el auditor técnico regulatorio CETI
SA que concluye en la estimación del aumento de tarifa del
13,72%.A fs. 15/17 (tercer cuerpo) luce la Resolución N° 1673/
2013 de fecha 30-10-2013 del Ente por la cual habilita el
procedimiento de revisión tarifaria promovido por la
Concesionaria y se constituye la Mesa de Estudios de Valores
Tarifarios y Precios.Cabe dejar en claro que la Concesionaria
justificó el pedido de aumento bajo un único fundamento: “...han
transcurrido más de 6 (seis) meses desde la última revisión

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