Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 12 de Agosto de 2016, expediente CFP 014008/2015/1/CA001

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2016
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 14008/2015/1/CA1 CCCF- Sala II CFP 14008/2015/1/CA1 “N.N. s/ traba de competencia”

J.. Fed. nº 12-Sec. nº 24 Buenos Aires, 12 de agosto de 2016.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. - Las presentes actuaciones se encuentran a estudio de este Tribunal en virtud de la contienda negativa de competencia trabada entre el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n°

    12 y el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 40, ambos de esta ciudad.

  2. Son objeto de investigación las presuntas irregularidades que rodearon el traspaso del Sr. R.A.S. a la Obra Social de Serenos de Buques, dado que el nombrado manifestó no haber brindado su consentimiento, ni haber suscripto el formulario de opción de cambio, solicitando en consecuencia la anulación de dicho registro ante la Superintendencia de Servicios de Salud con fecha 11 de junio del 2012 (ver fs. 2 del E.. SSS 210806/2012 de la Superintendencia de Servicios de Salud del Ministerio de Salud de la Nación).

  3. Llegado el momento de resolver, adelantan los suscriptos que habrá de ser la justicia de instrucción la encargada de proseguir con la investigación de las maniobras anoticiadas.

    Tal como señalan los representantes del Ministerio Público Fiscal en ambas instancias (fs. 17/18 de la causa principal y fs.

    15/vta. de este legajo), sobre la hipótesis relacionada con la posibilidad de perjuicio al patrimonio nacional, esta S. ya ha tenido la oportunidad de manifestar que no corresponde la intervención de este fuero de excepción cuando los hechos investigados se vinculan con el manejo irregular de los fondos con que cuentan las obras sociales (conf. causa nº 18.804 “M.”, reg. nº 20.329, rta. el 17/10/02; causa nº 29.306 “N.N. s/

    competencia”, reg. nº 31.622, rta. el 7/07/10; causa n° 29.806 “N.N. s/

    competencia”, reg. n° 32.179, rta. el 16/11/10; causa n° 30.594 “N.N. s/

    Fecha de firma: 12/08/2016 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.V.L., Secretaria de Cámara #28658763#159450724#20160812124400063 competencia”, reg. n° 33.374, rta. el 29/08/11 y causa n° 33.591 “ Bellaggio”, reg. n°...

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