Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 27 de Abril de 2017, expediente CFP 006724/2014/1/CA001

Fecha de Resolución27 de Abril de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 6724/2014/1/CA1 CCCF -Sala II CFP 6724/2014/1 “N.N s/ incompetencia”

Juzg. Fed. N 1, Secret. N 2 Buenos Aires, 27 de abril de 2017.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. - Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud de la contienda negativa de competencia trabada entre el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 1 de esta Ciudad y el Juzgado Federal N°2 de San Juan.

  2. - El Sr. Juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 1, sostuvo que es incompetente para entender en estas actuaciones, en razón de que la presunta falsificación se habría llevado a cabo en exclusiva jurisdicción de la Provincia de San Juan ya que los sujetos involucrados residen allí.

    Por su parte, el Sr. Juez a cargo del Juzgado Federal de San Juan se resistió a la competencia, fundando su postura en dos cuestiones: por un lado, que no hay elementos que indiquen que la adulteración se hubiere realizado en su provincia; y por el otro, que el documento en cuestión fue presentado ante el Registro de la Propiedad del Automotor Seccional n° 81 de la Capital Federal.

  3. – Ahora bien, esta S. comparte los fundamentos de la Sra. Fiscal General Adjunta, Dra. E.A. de S., en cuanto señala que de no poder establecerse el lugar donde se confeccionó la falsificación del Documento Público, resulta...

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