Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 30 de Agosto de 2019, expediente CFP 001614/2016/22

Fecha de Resolución30 de Agosto de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 1614/2016/22 CCCF - Sala I CFP 1614/2016/22/CA29 “N J E s/ inhibición general de bienes”

Juzgado n° 7 – Secretaría n° 13 Buenos Aires, 30 de agosto de 2019.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.M. la intervención del Tribunal el recurso de apelación interpuesto por el Dr. C.F., en representación de J E N, contra la resolución mediante la cual el a quo dispuso no hacer lugar a su solicitud de levantamiento de la inhibición general de bienes oportunamente dispuesta (fs. 127/8, 131/2, 133/4, memorial de fs. 139/53 y aclaratoria de fs. 158).

  1. En su solicitud el ahora recurrente refirió que J N nada tiene que ver con los hechos investigados en autos y que posee un patrimonio y actividad comercial completamente ajenos a la de su suegro, C.H.B., encontrándose próximo a recibirse de martillero público, pero sin poder matricularse atento la inhibición que recae sobre su persona.

  2. Para así resolver, recordó el magistrado que con fecha 12 de junio de 2017 decidió decretar la inhibición general de bienes del grupo familiar de C.H.B., entre los que se encontraba su yerno J E N, al advertir que en el año 2012 se había constituido una sociedad offshore en la República de Panamá, denominada “Embry Investment S.A.”, cuyo directorio estaba integrado por su esposa y sus dos hijas con domicilio denunciado en la provincia de Frosinone de la República de Italiana, siendo tal escenario indiciario de una ingeniería sofisticada tendiente a ocultar activos de procedencia ilícita.

    Agregó que en la actualidad C.H.B. se encuentra procesado en orden a los delitos de administración Fecha de firma: 30/08/2019 Alta en sistema: 02/09/2019 Firmado por: M.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: P.D.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.V. , SECRETARIA DE CAMARA #30062170#243036075#20190830131805105 fraudulenta en perjuicio de la administración pública y cohecho pasivo, ambos en calidad de coautor, trabándole un embargo total de $1.301.000.000 (arts. 173, inc. 7°, 174, inc. 5° y 256 del C.P. y art.

    518 del C.P.P.N.), suma que no fue cubierta.

    Sobre esa base, entendió que lo solicitado se contraponía con la finalidad que tuvo la medida de asegurar una eventual pena pecuniaria, indemnización civil y costas del proceso, así

    como también preparar el terreno para el futuro decomiso de todo lo que pudiera ser considerado producto de las acreditadas conductas delictivas.

  3. Se agravia la parte por cuanto considera...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR