Comunicación 'b' 9743/2010

Fecha de disposición23 Febrero 2010
Fecha de publicación23 Febrero 2010
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31850

STELLA MARIS FALCÓN, Subgerente de Regímenes Prudenciales y de Normas de Auditoría.

-- RICARDO O. MAERO, Gerente de Régimen Informativo.

e. 23/02/2010 Nº 16151/10 v. 23/02/2010 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION 'B' 9743. 25/01/2010. Ref.: Instrumentos de Regulación Monetaria del Banco Central de la República Argentina. Licitación de Letras Internas del Banco Central de la República Argentina en Pesos y Notas Internas del Banco Central de la República Argentina en Pesos cupón variable.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. y por su intermedio a los sectores interesados a fin de comunicarles que este Banco ofrecerá al mercado, Letras y Notas Internas del Banco Central de la República Argentina, conforme a las condiciones que se detallan en anexo.

Saludamos a Uds. muy atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA LUIS ALBERTO D' ORIO, Gerente de Operaciones con Títulos y Divisas. -- JULIO C. SIRI,

Gerente Principal de Control y Liquidación de Operaciones.

ConcopiaalasEntidadesCambiarias,MercadosdeValores,BolsasdeComercio,Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, Fondos Comunes de Inversión, Aseguradoras de Riesgos de Trabajo y Compañías de Seguros.

El anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250-Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el Sitio www.bcra.gov.ar (Opción 'Normativa') ANEXO e. 23/02/2010 Nº 16153/10 v. 23/02/2010 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION 'B' 9733. 14/01/2010, Ref.: Representantes de entidades financieras del exterior no autorizadas para operar en el país. Aclaraciones.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

ALOSREPRESENTANTESDEENTIDADESFINANCIERASDELEXTERIORNOAUTORIZADAS A OPERAR EN EL PAIS:

Nos dirigimos a Uds. con referencia a las medidas dadas a conocer mediante la Comunicación 'A' 4981.

A efectos de coadyuvar a la correcta interpretación del alcance del texto ordenado de la referencia cabe señalar:

En lo que respecta al punto 1.2.1. de la Sección 1., el cual establece la exigencia de designar por lo menos un representante suplente que deberá estar disponible para asumir las responsabilidades propias de la función en caso de...

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