Decisión Administrativa 37/2010

Fecha de disposición15 Febrero 2010
Fecha de publicación15 Febrero 2010
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31843

Que resulta indispensable para el cumplimiento de los objetivos de la SUBSECRETARIA DE FISCALIZACION DEL TRABAJOY DE LA SEGURIDAD SOCIAL dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, requerir la colaboración de UN (1) Asesor Principal, de acuerdo a la identificación realizada en el respectivo Anexo al artículo 1º de la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48/02, por el período establecido en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y su modificatorio Decreto Nº 1248/09 y por el último párrafo del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Exceptúase a la Doctora Doña Daniela TUJAGUE (M.I. Nº 25.149.121), de lo establecido en el Inciso c), Punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 al solo efecto de posibilitar su contratación en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE FISCALIZACION DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Art. 2º

Apruébase la contratación individual celebrada en los términos del artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1421/02, entre el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la persona que se menciona en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, conforme a las condiciones que se indican en el mismo.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2º, será atendido con cargo al Programa 22, Fuente de Financiamiento 11, Partida Principal 1.8 - Personal Contratado - TESORO NACIONAL, Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -- Carlos A. Tomada.

ANEXO MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL APELLIDO Y NOMBRE Nº de Documento Nivel y Grado Desde Hasta Lugar Prest. Serv.

TUJAGUE, DANIELA 25.149.121 A - 2 1/12/2009 31/12/2009 Subsecretaría de Fiscalización del Trabajo y de la Seguridad Social Total Ministerio de Trabajo E. y S.S. 1 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decisión Administrativa 35/2010

Dase por aprobada una contratación celebrada en el marco del Decreto Nº 1421/02 en la Dirección de Gestión Territorial.

Bs. As., 9/2/2010

VISTO el Expediente Nº 1.340.511/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, la Ley Nº 26.546 aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002, 1421 del 8 de agosto de 2002, 577 del 7 de agosto de 2003 y su modificatorio Decreto Nº 1248 de fecha 14 de septiembre de 2009, 2098 del 3 de diciembre de 2008, las Decisiones Administrativas Nros. 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y 2 del 11 de enero de 2010, la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, y la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.546 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010.

Que mediante el dictado de los Decretos Nros. 491/02 y 601/02 se estableció que toda designación de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que los artículos 7º y 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1421/02, norman respecto de la naturaleza y características de la relación de Empleo del Personal que revista en el Régimen de Contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la Planta Permanente.

Que mediante la Resolución de la entonces SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48/02 se han aprobado las pautas de aplicación del régimen de Contrataciones de Personal de la Ley Nº 25.164.

Que la Decisión Administrativa Nº 3/04 y sus modificatorias, estableció las pautas de equiparación con el personal de Planta Permanente para la fijación de la remuneración que corresponda asignar al personal contratado, de conformidad con los lineamientos consignados en la...

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