Decisión Administrativa 439/2009

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición12 de Noviembre de 2009

Que el personal de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de julio de 2008, por lo que procede aprobar las respectivas contrataciones con efectos a esa fecha.

Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional Nº 26.422.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGALY TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2) de la CONSTITUCION NACIONAL, a tenor de lo establecido en los artículos 4º inciso a) y artículo 5º inciso f) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, último párrafo del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, y el Decreto Nº 577/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Dase por exceptuada, en el caso exclusivo de Da. Teresa Beatriz DE VERA ABREU (D.N.I. Nº 92.084.472) de nacionalidad uruguaya, del requisito de nacionalidad que para el ingreso a la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL se establece en el capítulo II, artículo 4º inciso.

  1. del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art.2º -- Danse por aprobados, con efectos al 1º de julio de 2008 y hasta el 31 de diciembre de 2008, los contratos suscriptos ad referendum del Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la COMISION NACIONAL DE TIERRAS PARA EL HABITAT SOCIAL 'PADRE CARLOS MUGICA' dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los agentes nominados en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente decisión administrativa, de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución SGP Nº 48/02.

Art. 3º

Autorízanse las contrataciones que se aprueban por el artículo 2º de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y en los casos de los agentes D. Fernando Alberto OSSANA (D.N.I. Nº 4.414.652) y D.

Ricardo Oscar ADARO (D.N.I. Nº 4.414.547) también como excepción al artículo 5º inciso f) capítulo II del Anexo de la citada Ley.

Art. 4º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley...

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