Ley Nº 8.407
Emisor | Mrio Trabajo Jus. y Gob. |
Fecha de la disposición | 10 de Abril de 2012 |
LEY Nº 8.407
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de
L E Y:
Ratifícase el Decreto 2727 de fecha 24 de octubre de 2.011, mediante el cual se homologa el Acta Acuerdo de la Tercera Convención Colectiva de Trabajadores de la Educación de la Provincia de Mendoza, celebrada el día 31 de agosto de 2.011, en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social, dependiente del ex Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, actual Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno, suscripta por el Sindicato Unido de los Trabajadores de la Educación (SUTE) y por la Dirección General de Escuelas, por la cual se arriba a un acuerdo en relación a la pauta de incremento salarial y otras disposiciones complementarias para los trabajadores de la educación, docentes, administrativos y celadores, que en fotocopia certificada y como Anexo forma parte de la presente ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diez días del mes de abril del año dos mil doce.
Miriam Gallardo
Presidenta Provisional
a/c. de la Presidencia
H. Cámara de Senadores
Sebastián Pedro Brizuela
Secretario Legislativo
H. Cámara de Senadores
Jorge Tanus
Presidente
H. Cámara de Diputados
Jorge Manzitti
Secretario Legislativo
H. Cámara de Diputados
_____
ANEXO
Mendoza, 24 de octubre de 2011
Visto el Expediente N° 9788-S-11-00951; y
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones, se solicita la Homologación de la Tercera Convención Colectiva de los Trabajadores de la Educación de la Provincia de Mendoza celebrada con fecha 31 de agosto de 2011, en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social, en el marco de la Comisión Negociadora de los Trabajadores de la Educación, suscriptas por el Sindicato Unido de los Trabajadores de la Educación y la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Mendoza, mediante la cual se arriba a un acuerdo en relación a la pauta de incremento salarial y otras disposiciones complementarias para los trabajadores de la educación, docentes, administrativos y celadores.
Que lo acordado no viola disposiciones de orden público, garantías constitucionales, ni de orden público laboral.
Por ello y de conformidad con lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos fs. 13 y vta,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Homológuese la Tercera Convención Colectiva de los Trabajadores, de la Educación de la Provincia de Mendoza celebrada con fecha 31 de agosto de 2011, en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social, en el marco de la Comisión Negociadora de los Trabajadores de la Educación, suscriptas por el Sindicato Unido de los Trabajadores de la Educación y la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Mendoza, mediante la cual se arriba a un acuerdo en relación a la pauta de incremento salarial y otras disposiciones complementarias para los trabajadores de la educación, docentes, administrativos y celadores, que en fotocopia certificada y como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos y Ministerio Secretaría, General de la Gobernación.
El presente decreto se dicta ad referéndum de la Honorable Legislatura Provincial.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
CELSO ALEJANDRO JAQUE
Felix Rodolfo Gonzalez
Luis Alejandro Cazabán
_____
ANEXO
TERCERA CONVENCIÓN
COLECTIVA DE LOS
TRABAJADORES
DE LA EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE MENDOZA
En la Ciudad de Mendoza, en el Expediente N° 1015-S-04-0100, a los treinta y un días del mes de agosto del año dos mil once, en la sede de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia, conforme la convocatoria efectuada por el Decreto Provincial N° 955/04, las jurisdicciones signatarias del presente, Sindicato Unido de los Trabajadores de la Educación, representado en este acto por Oscar Javier Guevara, Secretario General: Gustavo González, Secretario Adjunto, Alberto Ortiz, Secretario Gremial; Estela Romero, Secretaria de As. Legales y Laborales; Patricia Montaldi, Secretaria de Actas y Maria Josefina Orozco, Vocal Titular; con el patrocinio letrado del Dr. Héctor R. Santander; y la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Mendoza, representada en este acto por el Dr. Miguel Ángel Sottile y la Sra. Marisa Tremosa y por ante el Sr. Osvaldo E. Marin Director de Relaciones Laborales y Control; manifiestan que han arribado a los siguientes acuerdos:
-
- CAMBIO DE FUNCIONES
1.1. La DGE se compromete en un plazo de tres días a partir de la fecha, a publicar los 400 cargos de maestros secretarios - paritaria del 2006 para Nivel Inicial y Primario, Especial y Primaria de Jóvenes y Adultos, determinando a que establecimiento se asigna cada uno de los cargos.
1.2. Las Juntas Calificadoras de Mérito realizarán los siguientes movimientos estatutarios:
1.2.1 A...
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