Nº13-07695712-0 Caratulados: “funes Leonardo Daniel P/ Quiebra Deudor”

Fecha de publicación23 Diciembre 2024
Tipo de documentoConcursos Y Quiebras
Número de Gaceta32218
Nº13-07695712-0 CARATULADOS: “FUNES LEONARDO DANIEL P/ QUIEBRA
DEUDOR”
SECRETARIA DEL PRIMER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES PRIMERA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fojas
43/50 autos Nº13-07695712-0 caratulados: “FUNES LEONARDO DANIEL P/ QUIEBRA
DEUDOR” se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: " Mendoza, 09 de Diciembre de
2024. AUTOS Y VISTOS.. CONSIDERANDO.. RESUELVO: 1°) Declarar la quiebra de
LEONARDO DANIEL FUNES, DNI 28.511.318, CUIL 20-28511318-1 con domicilio en Barrio
Madres Unidas, Manzana B- Casa 14, Colonia Segovia, Guaymallén, Mendoza, la que tramitará
conforme a las reglas para las pequeñas quiebras (arts. 288 y 289 LCQ). .. 5º) Intimar al fallido y
a los terceros que posean bienes y documentación de aquél para la entrega a la sindicatura
dentro de los dos días de la última publicación edictal. 6º) Intimar al fallido a poner sus bienes a
disposición del juzgado en forma apta para que los funcionarios puedan tomar inmediata y
segura posesión de los mismos, debiendo entregar al síndico los libros de comercio y
documentación contable dentro de las 24 hs., si correspondiere. 7º) Disponer la prohibición de
hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces en caso de hacerse... 15º) Fijar el día 19 DE
MARZO DE 2025 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de
verificación de sus créditos ante el síndico (art. 200 Ley 24522) Las mismas podrán ser remitidas
por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de
cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la
Suprema Corte de Justicia. El deudor y los acreedores que que hubiesen solicitado verificación,
podrán presentar por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes
formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 LCQ hasta el 4 DE ABRIL DE 2025, con el
mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de
remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el
Síndico presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las
impugnaciones recibidas, a través de la MEED. 16º) Fijar el día 7 DE MAYO DE 2025 como
fecha hasta la cual deberá presentar el síndico los informes individuales, dictándose sentencia de
verificación el 4 DE JUNIO DE 2025. 17º) Fijar el día 3 DE JULIO DE 2025, como fecha hasta la
cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará a disposición de los interesados
a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta el 4 DE AGOSTO DE
2025. A los fines del art. 117 LCQ fijar el día 18 DE AGOSTO DE 2025 como fecha hasta que los
interesados pueden observar la fecha inicial del estado de cesación de pagos propuesta por el
síndico; dictándose resolución el 15 DE SEPTIEMBRE DE 2025. Aclárase que los plazos
establecidos en el caso de ser declarados inhábiles, se trasladarán al día hábil inmediato
posterior... COPIESE. REGISTRESE y NOTIFÍQUESE según lo establece el artículo 273 inciso 5
Ley 24522.Firmado. Dra. Lucía Raquel SOSA - Juez SINDICO: Cdor. PRIORI GERARDO REMO
DOMICILIO: Lago Argentino 1889, Godoy Cruz, Mendoza DOMICILIO ELECTRÓNICO:
priorigerardo10@gmail.com HORARIO DE ATENCION: Martes, Miércoles y Jueves de 16:00 a
20:00 horas.
Publicaciones: 5
Fecha de Publicación Nro Boletín
30/12/2024 32263
27/12/2024 32262
26/12/2024 32261
Página 1/2
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica

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