Nº 13-06878207-9 CARATULADOS: “VALDERRAMA SANTIS LORENA PAOLA P/ QUIEBRA DEUDOR”

Fecha de la disposición30 de Septiembre de 2022

SECRETARIA DEL PRIMER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fojas 25/35 autos Nº13-06878207-9 caratulados: “VALDERRAMA SANTIS LORENA PAOLA P/ QUIEBRA DEUDOR” se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 07 de Septiembre de 2022. AUTOS Y VISTOS.. CONSIDERANDO.. RESUELVO: 1°) Declarar la quiebra de LORENA PAOLA VALDERRAMA SANTIS, DNI 32.194.159, CUIL 27-32194159-7 con domicilio en Manzana A- Casa 3, 17 de Agosto, San José, Tupungato, Mendoza, la que tramitará conforme a las reglas para las pequeñas quiebras (arts. 288 y 289 LCQ). 4°) Disponer la inhibición general de bienes de la fallida debiendo anotarse en los registros respectivos. Ofíciese a impulso del Tribunal. 5º) Intimar a la fallida y a los terceros que posean bienes y documentación de aquél para la entrega a la sindicatura dentro de los dos días de la última publicación edictal. 6º) Intimar a la fallida a poner sus bienes a disposición del juzgado en forma apta para que los funcionarios puedan tomar inmediata y segura posesión de los mismos, debiendo entregar al síndico los libros de comercio y documentación contable dentro de las 24 hs., si correspondiere... 15º) Fijar el día 3 DE FEBRERO DE 2023 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico (art. 200 Ley 24522). Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. la deudora y los acreedores que que hubiesen solicitado verificación, podrán presentar por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 LCQ hasta el 17 DE FEBRERO DE 2023, con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a Sindicatura de los archivos...

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