Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 14 de Octubre de 2009, expediente 8.194/2004

Fecha de Resolución14 de Octubre de 2009

SENTENCIA NRO. 91.388 CAUSA NRO. 8.194/2004: “MUSETTO

LUISA LEA C/ ARCOR S.A. S/ ACCIÓN CIVIL”. –JUZGADO No. 62-.

En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a 14/10/09, reunidos en la Sala de Acuerdos los señores miembros integrantes de este Tribunal, a fin de considerar el recurso deducido contra la sentencia apelada, se procede a oír las opiniones de los presentes en el orden de sorteo practicado al efecto, resultando así la siguiente exposición de fundamentos y votación :

El doctor G. dijo:

La parte actora apela el pronunciamiento de la instancia anterior que rechaza la demanda con el memorial de fs. 655/658, que recibe réplica de la contraria a fs. 660. A su vez el perito médico apela sus honorarios por considerarlos reducidos.

La actora se queja porque el sentenciante entiende que no está asistida de derecho a reclamar los salarios del artículo 213 LCT y porque sostiene que la dolencia de la actora no guarda vínculo causal con el trabajo desempeñado para la demandada. Sostiene que la empleadora conocía el padecimiento de la trabajadora y que como consecuencia de ello debe por la decisión del despido los salarios en los términos de la citada norma. Cuestiona la falta de valoración de la prueba testimonial y sostiene que quedó acreditada la relación de concausalidad entre la afección artrósica y las tareas desempeñadas para la demandada.

No asiste razón a la recurrente.

En relación con la primera de las cuestiones,

la recurrente no se hace cargo del principal argumento en que se funda el decisorio anterior, esto es, nada dice acerca de que, en la fecha del despido, la actora se encontraba prestando servicios con una jornada y tareas limitadas, pero no se encontraba en goce de licencia alguna.

Este extremo no sólo no ha sido cuestionado,

sino que la recurrente insiste en que ha aportado prueba sobre el estado de enfermedad psicológica de la actora en la época del despido, sin analizar lo que dispone la norma a fin de que el trabajador se haga acreedor de los salarios, esto es, que el despido se produzca durante el plazo de las interrupciones pagas por accidente o enfermedad inculpable. En consecuencia, propondré

que se confirme lo decidido en la instancia anterior.

Igual suerte correrá el agravio vertido en relación con el resarcimiento de incapacidad laboral. La parte actora sostiene que no fueron valoradas las declaraciones testimoniales, con las que se encuentran probados los sucesivos esfuerzos que la trabajadora...

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