Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 5 de Abril de 2017, expediente CCF 002822/2010/CA003

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I CAUSA 2822/2010 -

I- “MURCOT SA Y OTROS C/ YPF SA S/

Juzgado nº 1 DAÑOS Y PERJUICIOS”

Secretaría nº 1 Buenos Aires, 5 de abril de 2017.

Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la demandada a fs.

1113, fundado a fs. 1481/1486 (agravios reiterados a fs. 1596/1601), contra la resolución de fs. 1094/1103, cuyo traslado se encuentra contestado a fs.

1702/1706, y CONSIDERANDO:

  1. El señor J. rechazó el pedido -efectuado por la demandada- de acumulación de esta causa al expediente "Los Cerrillos SA c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales SA s/ cobro de sumas dinero" (ver fs.

    630/631).

    Posteriormente, y ante la hipótesis de que dicha decisión fuese confirmada por esta Sala (lo que luego ocurrió; ver fs. 661/662), la accionada solicitó que los hechos expuestos en el pedido de acumulación y en el memorial de agravios fuesen incorporados al proceso como hechos nuevos, relacionados con la cuestión ventilada en autos y, asimismo, como un eventual hecho constitutivo, modificativo o extintivo de la pretensión de Murcot SA, en relación con una porción de aproximadamente 500 hectáreas sobre la cual Los Cerrillos SA también invoca su propiedad, en el supuesto de que así surgiera de la prueba a producirse en autos, en los términos de lo dispuesto en el art. 163, inc. 6°, del Código Procesal.

    Además, requirió la citación de Los Cerrillos SA -de conformidad con lo dispuesto por el art. 94 de dicho cuerpo legal- o, en subsidio, la integración de la litis con dicha sociedad, en las condiciones del art. 89 de aquél (ver fs. 647/650).

    Los pedidos de citación de tercero (por extemporáneo) y de integración de litis fueron rechazados por el magistrado, quien -además-

    dispuso diferir la consideración del hecho nuevo denunciado por la Fecha de firma: 05/04/2017 Alta en sistema: 04/05/2017 Firmado por: DE LAS CARRERAS- NAJURIETA-GUARINONI, #16120210#135512579#20170405105444512 demandada para la oportunidad de la audiencia del art. 360 (ver fs.

    745/746).

    En tales condiciones, la Sala resolvió diferir el tratamiento del recurso interpuesto contra el rechazo de los pedidos formulados, hasta tanto se encontrara resuelta la admisibilidad del hecho nuevo invocado (ver fs.

    810).

    Finalmente, el señor J. resolvió las distintas oposiciones formuladas por ambas partes respecto de las pruebas ofrecidas (con costas en un 70% a la demandada y en un 30% la actora) y -en lo que aquí

    interesa- desestimó la incorporación de los hechos nuevos denunciados por la demandada a fs. 647/650 (por considerar que el dato fáctico invocado por la demandada no se relaciona con la cuestión debatida en estas actuaciones y, por lo tanto, no incide en la solución del pleito), como así también la de otros hechos denunciados por aquélla a fs. 731, 779, 831, 832, 900 y 919 (por advertir que se pretendía por esa vía que la actora tome conocimiento de nuevas obras que YPF debía llevar a cabo), con costas. Por el contrario, sí admitió la incorporación de una denuncia penal invocada como hecho nuevo por la actora a fs. 681/683 (ponderando que al contestar el traslado conferido, la demandada no se opuso a ello), con costas en el orden causado (ver fs. 1094/1103).

    El recurso de apelación interpuesto por YPF SA contra dicho pronunciamiento fue denegado por el señor J. respecto de las costas (en virtud de lo dispuesto por el art. 379 del Código Procesal), y concedido con efecto diferido en cuanto al rechazo de los hechos nuevos denunciados (ver fs. 1113/1114).

    El recurso de queja deducido por la demandada contra dicha providencia fue admitido, resolviéndose la concesión de la apelación contra la imposición de costas dispuesta respecto de los hechos nuevos denunciados, y dejando sin efecto el trámite diferido impuesto, sólo con relación al recurso de apelación concedido contra el rechazo del hecho nuevo vinculado con la demanda deducida en su contra por los Cerillos SA, y a las costas relativas a dicho incidente (ver fs. 1553 y aclaratoria obrante a...

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