Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 28 de Julio de 2015
Fecha de Resolución | 28 de Julio de 2015 |
Emisor | Corte Suprema de Justicia |
Cita | 417/15 |
Número de SAIJ | 15090263 |
Número de CUIJ | 21 - 509381 - 0 |
MUNICIPALIDAD DE ROSARIO c/ MERENGUE S.R.L. -EJECUCION FISCAL- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Cita: 417/15 Nº Saij: 15090263 Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 264 Pág. de inicio: 074 Pág. de fin: 082 Fecha del fallo: 28/07/2015 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.M.A.G.R.F.G.M.L.N.E.G.S.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > INADMISIBILIDAD Tesauro > SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA Tesauro > EJECUCION FISCAL Tesauro > PRESCRIPCION > INTERRUPCION Tesauro > PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO CONSTITUCIONAL - ADMINISTRATIVO - TRIBUTARIO RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. INADMISIBILIDAD. SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA. EJECUCION FISCAL. PRESCRIPCION. INTERRUPCION. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO El presente recurso es inadmisible, pues más allá del menor o mayor grado de acierto del Magistrado para rechazar la prescripción opuesta y admitir la ejecución fiscal -por entender que el trámite administrativo había interrumpido el cómputo en cuestión- también hizo mérito de la suspensión del plazo que consideró ocurrida en autos vía intimativa (notificación debidamente diligenciada); y frente a tal decisiva circunstancia, la recurrente omite toda argumentación al respecto, no demostrando -en las particulares circunstancias del caso- la arbitrariedad que alega ni tampoco que otra solución se hubiera impuesto en la causa. (Del voto de la Dra.
G.) - REFERENCIAS NORMATIVAS: Código Civil, artículo 3986 in fine.
T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > INADMISIBILIDAD Tesauro > EJECUCION FISCAL Tesauro > PRESCRIPCION > INTERRUPCION Tesauro > PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO CONSTITUCIONAL - TRIBUTARIO RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. INADMISIBILIDAD. EJECUCION FISCAL. PRESCRIPCION. INTERRUPCION. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO El remedio intentado debe declararse inadmisible, toda vez que -conforme lo dispuesto en los artículos 53 y 54 del Código Tributario Municipal- la interposición de los recursos de reconsideración y apelación ante el órgano administrativo suspenden la obligación de pago -lo cual significa que es inexigible- no pudiendo, en consecuencia, comenzar a correr el inicio del cómputo de la prescripción liberatoria, sino que tal plazo comienza cuando se resuelve la apelación y queda expedita la vía ejecutiva para su cobro por apremio. (Del voto del Dr. Erbetta). - CITAS: CSJStaFe: Municipalidad de Rosario c. Nestlé, AyS T 259, p 276. - REFERENCIAS NORMATIVAS: Código Tributario de la Municipalidad de Rosario, artículos 53 y 54.
T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > INADMISIBILIDAD Tesauro > SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA Tesauro > APREMIO FISCAL > EJECUCION Tesauro > APREMIO FISCAL > PROCEDIMIENTO EJECUTIVO T. >P.T. > APREMIO > TITULO HABIL CONSTITUCIONAL - TRIBUTARIO RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. INADMISIBILIDAD. SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA. APREMIO FISCAL. EJECUCION. TITULO HABIL. PROCEDIMIENTO EJECUTIVO.
PRESCRIPCION El razonamiento del A quo cuando entendió que recién con la notificación del decreto que no hizo lugar a la apelación contra la resolución que resolvía ratificar la determinación de la deuda y la multa fiscal, quedó abierta la vía para el apremio fiscal porque antes existía una contingencia que imposibilitaba generar un título hábil para iniciar la ejecución -siendo imposible considerar que la prescripción liberatoria corriera durante ese período en virtud del principio romanista actio non nata non praescribitur- es suficiente a la luz de la significación de la cuestión debatida; y por ello las impugnaciones del impugnante no superan el nivel de la mera discrepancia con la valoración de las constancias de la causa y la interpretación y aplicación de normas de derecho público local realizadas por aquél en ejercicio de funciones privativas, efectuadas en un marco de razonabilidad que no logra ser conmovido desde el plano constitucional. (Del voto del Dr. Erbetta) - REFERENCIAS NORMATIVAS. Decreto 385/10; Resolución 477/09.
T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > INADMISIBILIDAD Tesauro > SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA Tesauro > CREDITO FISCAL Tesauro > CREDITO FISCAL > PRESCRIPCION CONSTITUCIONAL - ADMINISTRATIVO - TRIBUTARIO RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. INADMISIBILIDAD. SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA. CREDITO FISCAL. PRESCRIPCION La sentencia en análisis, al interpretar que la deuda por multa reclamada por la Municipalidad resultó exigible cuando se encontró expedita la vía judicial para su cobro y a partir de allí comenzó a correr el plazo de prescripción, no puede merecer reproche constitucional alguno toda vez que el Fisco no podía, aunque quisiera, iniciar acciones legales de cobro (apremio fiscal) antes de aquel momento porque el mismo ordenamiento que rige su actuación se lo prohíbe, debiendo esperar el tiempo establecido por la norma (artículos 53 a 55 Código Tributario Municipal) para que el contribuyente impugne los actos administrativos en esa misma sede administrativa. Por lo tanto, fue la propia conducta de la deudora -no de la acreedora- la que imposibilitó a esta última iniciar el proceso ejecutivo, etapa que recién quedó cerrada con la notificación del decreto que desestimó la apelación contra rla resolución que ratificó la determinación de la deuda y la multa fiscal. (Del voto del Dr. Netri, al que adhirieron los Dres. S. y G.) - REFERENCIAS NORMATIVAS: Código Tributario de la Municipalidad de Rosario, artículos 53 a 55. - Jurisprudencia Vinculada con Municipalidad de Rosario c. Nestlé, AyS T 259, p 276, sumario J0040405.
T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > INADMISIBILIDAD Tesauro > CREDITO FISCAL > PRESCRIPCION Tesauro > CORTE SUPREMA DE JUSTICIA NACIONAL > JURISPRUDENCIA NO APLICABLE Tesauro > LEY > INTERPRETACION > APLICACION CONSTITUCIONAL - CIVIL - TRIBUTARIO RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. INADMISIBILIDAD. CREDITO FISCAL. PRESCRIPCION.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION. JURISPRUDENCIA NO APLICABLE. LEY.
INTERPRETACION. APLICACION La argumentación esgrimida por la recurrente en torno al apartamiento de la doctrina de "Filcrosa" no logra demostrar que el caso se subsuma en los supuestos aprehensibles por dicho precedente; pues mientras en Filcrosa el thema decidendum giraba en torno a cuál es el plazo de prescripción de una obligación tributaria exigible, en este caso, en cambio, radica en cuándo una sanción por el incumplimiento de una obligación tributaria -multa- es exigible, porque sólo a partir de allí comenzará a correr el plazo de prescripción (no discutido en autos) para la acción judicial de cobro. Tampoco revisten entidad los planteos de la recurrente relativos a la interpretación del artículo 36 del Código Tributario Municipal...
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