Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - SALA A, 11 de Septiembre de 2014, expediente FCB 051130002/2011/CA001

Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2014
EmisorSALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A 51130002/2011 MUNICIPALIDAD DE EMBALSE c/ SECRETARÍA DE TURISMO DE LA NACION s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO En la Ciudad de Córdoba a 11 días del mes de septiembre del año dos mil catorce, reunida en Acuerdo la Sala "A" de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE EMBALSE C/ SECRETARÍA DE TURISMO DE LA NACIÓN S/ COBRO DE PESOS / SUMAS DE DINERO” (Expte. N° FCB 51130002/2011/CA1) , venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación letrada de la demandada en contra de la Resolución N° 242, que en lo pertinente dispuso: 1.- “Hacer lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por Servicios de Alimentos S.A.. En consecuencia, no podrá revestir la calidad de parte en el proceso como tercero, SERVICIOS DE ALIMENTOS S.A. – CORDOBA PLAZA S.A. UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS. 2.- No hacer lugar a la impugnación de la prueba confesional e informativa ofrecida por la Municipalidad de Embalse (Cba.) realizada por la demandada. Costas a la demandada…”; y de su Aclaratoria N° 274, que resuelve: “…Aclarar el punto I de la parte resolutiva de la Resolución N° 242 ... quedando redactado de la siguiente forma: “1. “Hacer lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por Servicios de Alimentos S.A.. En consecuencia, no podrá revestir la calidad de parte en el proceso como tercero, SERVICIOS DE ALIMENTOS S.A. – CORDOBA PLAZA S.A.

UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS. Las costas generadas por el Fecha de firma: 11/09/2014 Firmado por: G.S.M. Firmado por: J.V.M. Firmado por: I.M.V.F. incidente originado en la interposición de la excepción de falta de legitimación pasiva se imponen en su totalidad a la parte demandada, Secretaría (ahora Ministerio) de Turismo de la Nación…” , ambas dictadas por el señor Juez Federal de Río Cuarto, con fechas 21 de octubre de 2013 y 4 de noviembre de 2013, respectivamente.

Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: I.M.V.F. –J.V.M..

El señor Juez de Cámara, doctor I.M.V.F., dijo:

  1. Llegan los presentes autos a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación letrada de la demandada en contra de la Resolución N° 242, que en lo pertinente dispuso: 1.- “Hacer lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por Servicios de Alimentos S.A.. En consecuencia, no podrá revestir la calidad de parte en el proceso como tercero, SERVICIOS DE ALIMENTOS S.A. – CORDOBA PLAZA S.A.

    UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS. 2.- No hacer lugar a la impugnación de la prueba confesional e informativa ofrecida por la Municipalidad de Embalse (Cba.) realizada por la demandada. Costas a la demandada…”; y de su Aclaratoria N° 274, que resuelve: “…Aclarar el punto I de la parte resolutiva de la Resolución N° 242 ... quedando redactado de la siguiente forma: “1. “Hacer lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por Servicios de Alimentos S.A.. En consecuencia, no podrá revestir la calidad de parte en el proceso como tercero, SERVICIOS DE ALIMENTOS S.A. – CORDOBA PLAZA S.A.

    Fecha de firma: 11/09/2014 Firmado por: G.S.M. Firmado por: J.V.M. Firmado por: I.M.V.F.P.J. de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA A UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS. Las costas generadas por el incidente originado en la interposición de la excepción de falta de legitimación pasiva se imponen en su totalidad a la parte demandada, Secretaría (ahora Ministerio) de Turismo...

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