Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 4 de Octubre de 2018, expediente COM 008993/2011

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 8993/2011/CA5 MUJICA HUGO ROLANDO C/ TELEVISION FEDERAL S.A. (TELEFE) Y OTROS S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.

Buenos Aires, 4 de octubre de 2018.

  1. El actor apeló subsidiariamente la decisión de fs. 8, luego mantenida en fs. 11, por la cual el Juez a quo no dio curso al presente beneficio de litigar sin gastos hasta tanto sean satisfechas las costas impuestas en el incidente anteriormente incoado con igual fin (registro n° 17267/2010) que concluyó

    por caducidad de la instancia.

    Los fundamentos fueron expuestos en fs. 9/10.

  2. L. corresponde señalar que mediante resolución obrante en fs. 15 este Tribunal difirió el conocimiento de las actuaciones para la oportunidad en que sean cuantificadas las costas en el incidente que corre bajo el registro n° 17267/2010.

    Tal decisión fue por entonces consentida por el recurrente y, dado que según surge del incidente referido se encuentra cumplida la aludida cuantificación, corresponde que la Sala se pronuncie sobre la subsidiaria apelación de fs. 9/10.

    Y al respecto, se advierte que dicho recurso resulta inaudible para este Tribunal.

    Ello es así, pues el monto que conforma el agravio se halla representado por los honorarios regulados en el anterior beneficio que Fecha de firma: 04/10/2018 Alta en sistema: 05/10/2018 Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: H.P., PROSECRETARIO DE CAMARA #23032592#217506558#20181004122217696 concluyó por caducidad y que, según se desprende de la decisión obrante en fs. 109 de aquellas actuaciones, ascienden a la suma de $ 4.500.

    En consecuencia, dado que resulta incuestionable que esa cifra no supera el límite mínimo de apelabilidad establecido por el art. 242...

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