Partido Movimiento Para la Unidad de los Neuquinos - Distrito Neuquén

Fecha de disposición28 Diciembre 2009
Fecha de publicación28 Diciembre 2009
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31808
  1. Examinar cada tres meses los Libros y constancias contables del partido.

  2. Comprobar en cada una de esas oportunidades el estado de la Caja y existencia de títulos y valores de toda especie.

  3. Dictaminar sobre la Memoria, Balance General,

Inventario y cuentas de gastos y de recursos, presentados por el Comité Ejecutivo de la Provincia.

Capítulo Décimo Junta Electoral Artículo 33: La Junta Electoral estará compuesta por tres (3) miembros titulares que serán elegidos por el voto directo y secreto de los afiliados conforme al sistema electoral indicado en el capítulo 'Normas Electorales'. Designará de su seno al presidente, vicepresidente y secretario y, para el funcionamiento y el dictado de resoluciones, se requerirá la mayoría absoluta de los miembros.

Tendrá a su cargo la organización de los comicios, su fiscalización, la resolución de impugnaciones, oficialización de candidaturas y proclamación de autoridades electas.

Establecerá el cronograma electoral y reglamentará lo necesario para el total cumplimiento de sus funciones.

Funcionará y adoptará sus decisiones por mayoría absoluta de sus miembros. Las decisiones que fueren recurridas deberán ser elevadas de inmediato con todos sus antecedentes a la justicia electoral, de conformidad con lo previsto en el artículo 32 de la ley 23.298.

Capítulo Décimo Primero Símbolos y Denominaciones Artículo 34: El partido G E N adoptará los símbolos, colores y logotipos que establezcan oportunamente las autoridades del Distrito, ad-referendum de la Convención de la Provincia.
Capítulo Décimo Segundo Patrimonio Artículo 35: El patrimonio del Partido estará integrado por: Artículos 36 a 38
  1. Las contribuciones de los afiliados.

  2. Los aportes extraordinarios que abonen los afiliados, adherentes y simpatizantes, que no estén prohibidos por la legislación vigente.

  3. Los legados y donaciones a su favor, según lo establecido en la Ley de Partidos Políticos.

  4. Las rentas que produzcan sus bienes y fondos.

  5. Los subsidios del Estado.

  6. Cualquier otro ingreso autorizado por las...

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