Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 1 de Septiembre de 2022, expediente CSS 026853/2015/CA002

Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2022
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2

Expte. Nº: 26853/2015

Autos: “MOSQUEDA MARIO ENRIQUE Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DDHH s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS

FFAA Y DE SEG”

Sentencia Interlocutoria Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

VISTO

Y CONSIDERANDO:

Llegan las actuaciones a sentencia, con motivo del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la resolución dictada el 1 de diciembre de 2021

que hace lugar a la impugnación de la actora, rechaza la liquidación de la demandada y aprueba en cuanto ha lugar por derecho la liquidación de la actora.

La apelante cuestiona la liquidación aprobada; entiende que la base de cálculo sobre la cual se aplica el porcentaje del aumento mínimo asegurado, debe tomarse sobre el “haber mensual” y no sobre el “haber Bruto”. La improcedencia del reconocimiento de los adicionales transitorios encuentran sustento, en que la incorporación con carácter remunerativo y bonificable de los suplementos creados por el Decreto 2807/93 ya incluye aumento mínimo garantizado por los decretos 1275/05, 1223/06, 872/07, 884/08 y 752/09,

por lo que su nueva introducción, además de posibilitar una repotenciación de determinados conceptos implicaría una duplicación de ese aumento mínimo asegurado. Cita jurisprudencia en apoyo de su pretensión.

Encontrándose las presentes actuaciones en etapa de ejecución, corresponde limitarse a la interpretación de las sentencias oportunamente dictadas, que se encuentran firmes, consentidas y pasadas en autoridad de cosa juzgada.

En la sentencia definitiva dictada por esta Sala el 21 de marzo de 2019,

expresamente -en lo que aquí interesa- estableció “…La posición adoptada ha sido ratificada por el Alto Tribunal en los recientes fallos: ” ORIOLO, J.H. Y

OTROS C/ EN - M° JUSTICIA SEGURIDAD Y DDHH - PFA - S/ PERSONAL

MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA DE SEG.” (Fallo O. 126. XL

  1. Del 05/10/2010) y “RAMIREZ, D.D. c/ EN-Mº Justicia y DDHH-SPF S/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg” (Fallo R.846 XL del 20/11/12). Es por ello que corresponde revocar la sentencia de grado y establecer el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos reclamados en autos…Por todo lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

1) Revocar parcialmente la sentencia apelada; 2) Establecer el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos reclamados en autos…”.

Fecha de firma: 01/09/2022

Firmado por: N.C. DORADO, JUEZ DE CAMARA

Firmado...

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