Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 6 de Octubre de 2021, expediente CAF 017130/2020/CA001
Fecha de Resolución | 6 de Octubre de 2021 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
SALA III
CAUSA Nº 17130/2020: “MORENO, R.J. c/ EN-
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL s/ AMPARO LEY
16.986”
Buenos Aires, de octubre de 2021. SMM
Y VISTOS; CONSIDERANDO:
I- Que, por sentencia del 5 de agosto de 2021, el Sr. Juez de Primera Instancia hizo lugar a la acción de amparo promovida por R.J.M. contra la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), a fin de que fuesen eliminados los obstáculos que le impedían tramitar la renovación de su licencia de conductor profesional en la categoría “Transporte de Pasajeros”.
Para así decidir, luego de hacer referencia a los recaudos de admisibilidad de la acción de amparo, destacó que la condena por el delito por el cual no se le renovó la licencia de conductor profesional al actor se encontraba “…como no pronunciada desde el 29 de marzo de 2014 y caducó, en los términos del artículo 51, del Código Penal,
el 29 de marzo de 2020”.
Consideró que, en el contexto enunciado y conforme lo dictaminado por el señor F.F., no se advertía impedimento alguno para que la accionada procediera a la renovación de la referida licencia; por lo que, la pretensión de autos, en ese punto, debía ser admitida.
Asimismo, apuntó que “…tal como sostuvo el representante del Ministerio Público Fiscal, según las manifestaciones vertidas por la accionante en su presentación de fecha 8 de junio del corriente año,
… la situación no se encuentra regularizada y reitera los términos que surgen del último informe de antecedentes penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia agregado a las actuaciones, el Fecha de firma: 06/10/2021
Firmado por: S.M.M., SECRETARIA DE CAMARA
Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA
35197297#304459938#20211004102645126
cual se sustenta y apoya en el cómputo de la pena realizado por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 4 de Quilmes
.
En esos términos, concluyó que procedía regularizar la situación del actor y consecuentemente, ordenar a la Agencia Nacional de Seguridad Vial que habilitase el procedimiento pertinente que le permitiera tramitar la renovación de su licencia de conductor profesional en la categoría “Transporte de Pasajeros”.
Impuso las costas del proceso a la demandada vencida (artículo 68, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
II- Que, contra la sentencia de primera instancia, la parte demandada (Agencia Nacional de Seguridad Vial- Estado Nacional)
interpuso...
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