Sentencia nº 145 de Cámara de lo Contencioso Administrativo - Santa Fe, 9 de Septiembre de 2016
Presidente | 1392/16 |
Fecha de Resolución | 9 de Septiembre de 2016 |
Emisor | Cámara de lo Contencioso Administrativo - Santa Fe |
A y S, tomo 49, pág. 418/429
Santa Fe, 9 de septiembre de 2016.
VISTOS: Estos autos caratulados "MORENO, A.F. y otros contra MUNICIPALIDAD DE SASTRE Y ORTIZ sobre MEDIDA CAUTELAR AUTÓNOMA" (Expte. C.C.A.1 n° 145, año 2016), venidos para resolver; y,
CONSIDERANDO:
I.1. Los señores A.F.M., Matías Iván Reccia y Damián F.G. interponen medida cautelar autónoma contra "el Honorable Concejo Municipal [...] y/o contra la Municipalidad de Sastre y O." tendente a que se los "restablezca en la situación jurídica vulnerada disponiendo el inmediato reintegro a [sus] cargos de Presidente del Honorable Concejo (Sr. A.M.) y a los dos restantes miembros, en un todo de conformidad a lo resuelto por el voto de sus pares en la sesión preparatoria del 4.12.2015 [...]".
Relatan que en las elecciones llevadas a cabo el día 14.6.2015 los señores A.M., E.F. y S.B. son elegidos como concejales para ocupar una banca en el Concejo Municipal de Sastre y O., y la señora María del C.A. como Intendenta de dicha localidad.
Detallan que el día 1.12.2015 el señor M. es citado a la sesión preparatoria en la cual se trataría la aprobación de diplomas de los concejales entrantes y la elección de autoridades del período 2015-2016; que de común acuerdo, entre los concejales en funciones y los entrantes, se decide pasar a un cuarto intermedio para el día 4.12.2015; y que en dicha fecha, con la Presidencia del señor M., se reinicia la sesión preparatoria, con la previa firma del libro de asistencias, y se aprueban "sin ninguna objeción" los diplomas de los concejales entrantes, es decir, de los señores M., F. y B., participando de este acto los concejales Reccia, G. y C., que continúan en funciones.
Señalan que, posteriormente, se procede a la elección de las autoridades del Concejo Municipal para el período 2015-2016; se realizan dos propuestas, en una se postula como P. a O.C., y otra es encabezada por A.F.M.; que se emiten los votos y se llega a un empate; que el Presidente de la sesión preparatoria desempata y vota por el concejal electo M.; que, de este modo, quedan constituidas las autoridades por A.F.M. como Presidente; M.R. como Vicepresidente 1°; D.án G. como Vicepresidente 2°; S.B. como Tesorera; O.C. como Pro-tesorero y E.F. como Concejal.
Aclaran que ante un empate corresponde a quien preside la Sesión Preparatoria desempatar; que el Presidente es el señor M. por ser el concejal de mayor edad; y que ello no es arbitrario, sino que "se desprende del artículo 3 del reglamento interno del [Concejo Municipal] de la ciudad de Sastre, por analogía y por usos y costumbres practicadas en sesiones preparatorias anteriores".
Indican que luego de haber conocido el resultado adverso a su postulación, el concejal C. dice no estar de acuerdo; que "todo lo ocurrido en esta sesión preparatoria consta en el acta número 1170, que fue confeccionada y firmada por la señora Secretaria y fedataria M.G.A. y además en las grabaciones que apoyan las actas del Concejo Municipal [...]; y que, posteriormente, se prorroga la sesión para el 10.12.2015, en la cual jurarían los concejales entrantes.
Agregan que en ese acto -de fecha 10.12.2015- los señores C., F. y B. "[manifestaron] a viva voz que desconocían la sesión preparatoria del día 4.12.2015, a la que ellos mismos asistieron, se postularon, votaron y además firmaron el libro de asistencias"; y que con ello se ha procurado "tergiversar la realidad de los hechos y para llegar a esa finalidad, el concejal O.C., se auto proclamó Presidente del [Concejo Municipal], sin haber sido elegido por sus pares, y tomó juramento el mismo día 10.12.2015 a la Intendente electa María del C.A., por ante la escribana L.ía Meinero, dándose así el viso de legitimidad [...]".
Reseñan que el día 23.12.2015 el señor M. jura y toma posesión en el cargo ante el concejal en funciones Matías Reccia y ante la escribana A.O.D., quien labra el acta pertinente "con el agregado de lo que se convino y aceptó en la sesión preparatoria llevada a cabo en fecha 4.12.2015 [...]"; que luego la Secretaria del Concejo Municipal, M.A., recibe una nota del Concejal Cagliero en la que, por considerarse él P. delC.M., dispone su "suspensión y apertura de un sumario administrativo por 'faltas gravísimas' y le exige la entregas de las llaves del recinto, y le informa que ha nombrado en su reemplazo a una nueva Secretaria; le informa además que ha dispuesto el asueto y cierre del [Concejo Municipal] hasta el día 29.2.2016".
Añaden que el señor Cagliero "en esa misma nota le comunica a la Secretaria, que ha ordenado a la señora Intendenta, la suspensión de transferencias de fondos al [Concejo Municipal], debido a la conflictividad institucional, y además, arbitrariamente, procede al cambio de la cerradura de la puerta principal del [Concejo Municipal], siendo él el único portador de la llave"; y que, posteriormente, convoca a sesiones preparatorias para el día 1 y 15 de marzo de 2016 para analizar diplomas y tomar juramento y poner en funciones a los concejales entrantes, a las que los señores M., Reccia y G. no asisten porque entienden que la sesión preparatoria correspondiente ya se había realizado el 4.12.2015.
Mencionan que el concejal A.M. "ejerciendo" su cargo de Presidente del Concejo Municipal convoca a una sesión ordinaria especial para el día 14.3.2016, a la cual no asisten los señores C., F. ni B.; que convoca a una nueva sesión ordinaria especial para el día 16.3.2016, a la cual tampoco asisten; y que de ello se deja constancia en las respectivas actas...
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