Sentencias interlocutorias de Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 29 de Abril de 2009

Fecha de Resolución29 de Abril de 2009
EmisorTribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

E.. nº 6265/08 "M., R. s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'M., R. s/ inf. art. 4.1.1, ausencia de habilitación y desvirtuación de rubro -L 451-'"

Buenos Aires, 29 de abril de 2009

Vistos: los autos indicados en el epígrafe.

Resulta 1. El Sr. R.M. interpuso la queja agregada a fs. 131/153

contra el auto denegatorio (fs. 127/130) dictado por la Sala I respecto del recurso de inconstitucionalidad de fs. 98/124.

  1. El Sr. juez de trámite, luego de analizar las copias aportadas por el recurrente, ordenó certificar ante la Cámara de Apelaciones cuál había sido la fecha de notificación de la decisión impugnada por recurso de queja

    (fs. 155). Ese pedido fue contestado a través del oficio incorporado a fs.

  2. Una vez que las actuaciones estaban en condiciones de ser resueltas por el Tribunal (fs. 159), el recurrente integró el depósito previsto en el art. 34 de la ley n° 402 (fs. 160/161) y, posteriormente, solicitó que "se decrete la suspensión del curso del procedimiento en los términos del art.

    33 de la ley formal para este Excmo. Tribunal" (fs. 170).

    Fundamentos:

    El juez J.B.J.M. dijo:

    Al contestar la certificación mencionada en el punto 2 anterior, la Cámara indicó que el recurrente había sido notificado del auto denegatorio atacado en esta queja el día 27/11/08, a las 11:35 horas (fs. 158). El recurso directo fue presentado el 09/12/08 a las 10:07 hs. (fs. 153), esto es, el séptimo día hábil desde que el imputado fue notificado de la decisión que declaró inadmisible su recurso anterior. La ley local n° 402...

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