Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 27 de Septiembre de 2019, expediente CIV 020326/2019/CA001

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2019
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 20326/2019. MOREIRA, S.M. Y OTRO c/ ZUBINI, R.M. s/EJECUCION HIPOTECARIA Buenos Aires, 27 de septiembre de 2019.- RM fs. 40 VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Las presentes actuaciones fueron elevadas al tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto contra el decisorio de fojas 29 bis.

La parte actora manifiesta que le causa agravio la tasa de interés fijada por el sentenciante de grado en la resolución recurrida.

Si bien en principio- debe estarse a lo previsto por las partes en el respectivo contrato-, el J. se encuentra facultado para reducir la tasa de interés prevista en el supuesto de resultar usuraria o excesiva. Lo contrario, a más de avasallar la conformidad de las partes, en una materia plenamente disponible, implicaría superar la barrera de la retribución por el uso del capital ajeno y la compensación del deterioro provocado por el retardo en su devolución, ocasionando un indebido perjuicio al deudor, con el consiguiente enriquecimiento del acreedor (conf. C.. S. H, R 241.975, del 28/9/98, con cita de L., y artículos 1197, 621, 953 y concs. del C.igo C.il).

Cabe señalar que, tanto el C.igo C.il de V.S. como en el C.igo C.il y Comercial de la Nación, disponen que los intereses que hubieran sido acordados por las partes están sujetos a morigeración por parte de los jueces, en tanto los mismos puedan considerarse contrarios a las buenas costumbres o abusivos (arts. 621 y 953 del C.. C.. y arts 768 y 771 del C.. C..

y Com.).

En la especie, la propia ejecutante sostiene que los intereses oportunamente pactados no resultan excesivos por lo que solicitan que se mantengan los pactados en el mutuo hipotecario, es Fecha de firma: 27/09/2019 Alta en sistema: 03/10/2019 Firmado por: J.B.F., L.E.A.D.B., C.M.K., JUECES DE CÁMARA #33391067#245046004#20190924112631201 decir el 15,6 % de interés compensatorio anual más el 20% del interés compensatorio pactado en concepto de interés moratorio (ver clausula tercera y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR