Sentencia de Sala II, 6 de Agosto de 2009, expediente 27.327

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2009
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación °

Sala II - Causa n° 27.327 “M.,

M. s/ampliación del auto de procesamiento y embargo”.-

° °

J.. Fed. n° 1 - Secret. n° 2.-

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Expte. n° 8.260/2007/5.-

Reg. n° 30.200

Buenos Aires, 6 de agosto de 2.009.-

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Vienen estas actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud de la apelación deducida por la Dra. A.L.F., abogada defensora de M.R.M., contra la decisión de la Juez a quo que dispuso ampliar el procesamiento oportunamente resuelto por el delito de resistencia a la autoridad, el cual ahora -mediante este nuevo pronunciamiento- vendría a concursar, en forma ideal, con la figura de lesiones leves.

II- Los agravios de la parte apelante se dirigen, fundamentalmente,

a cuestionar la identificación de su asistido en el video acompañado por el damnificado y el vínculo directo que se trazó entre la conducta que allí se observa y la herida sufrida por aquel. Sobre el particular, entienden los suscriptos que la prueba reunida hasta aquí

no resulta suficiente para tener por acreditados dichos extremos con la probabilidad que exige el dictado de un procesamiento.

El informe de la División Criminalística, Sección Imagen y Sonido de la Prefectura Naval que obra a f. 1354/8, en verdad, omite pronunciarse con respecto a si el individuo de los fotogramas 1 al 8 efectivamente resulta el imputado -de acuerdo al retrato obrante en su legajo prontuarial adjuntado allí como fotograma 9- y el análisis de dichas piezas o directamente de las imágenes del video tal como están no poseen la nitidez necesaria para fundar alguna conclusión sobre el punto, tampoco para relacionar la acción que se observa con la producción de un resultado lesivo determinado.

En estas condiciones, a las cuales se suman no sólo la negativa del nombrado -que asegura no ser él quien aparece en la filmación- sino también la versión de V. y L. que declararon haber presenciado cuando D.E. -quien figura en la lista de empleados bajo el legajo n°5785 y cuya...

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