Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 5 de Abril de 2018, expediente COM 058130/2009/CA002

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F MORALES DANIEL C/ ALFAGRAMA SRL S/EJECUTIVO Expediente COM N° 58130/2009 AL Buenos Aires, 5 de abril de 2018.

Y Vistos:

  1. Apeló la ejecutada (fs. 467) el pronunciamiento de fs. 464/66.

    Se agravió por la desestimación de la inhabilidad de título interpuesta en relación al cheque de fs. 4 y por la falta de imposición de costas por el rechazo de la ejecución del pagaré copiado en fs. 3.

    La parte actora contestó el traslado en fs. 477/8 y requirió su deserción.

  2. La expresión de agravios presentada en fs. 469/72 no contiene una crítica concreta y razonada del fallo en crisis de conformidad con lo estatuido por el art. 265 CPCC sino que trasunta por una mera discrepancia con el criterio de quien ha juzgado.

    En efecto, la verdadera labor impugnativa no consiste en denunciar ante el tribunal de alzada las supuestas injusticias o errores que el pronunciamiento pudiere contener sino que debe demostrárselas con argumentos concretos, poniendo en evidencia los elementos de hecho y de derecho que le dan razón a quien protesta; todo lo que aquí claramente no ha ocurrido.

    Pero aun cuando se prescindiera de los aspectos apuntados con anterioridad en aras de otorgar mayor salvaguarda al derecho de defensa en juicio (art. 18 CN) y se reparase sobre el tópico que sostuvo el discurso recursivo, tampoco se lograría revertir la solución adoptada por la sentenciante de grado.

    Fecha de firma: 05/04/2018 Firmado por: A.N.T., JUEZA DE CAMARA Firmado por: R.F.B., PRESIDENTE DE LA SALA F Firmado(ante mi) por: M.F.E., SECRETARIA DE CAMARA #22888766#201540689#20180404093405378 Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F En efecto: la línea argumental plasmada en el memorial pretende relativizar el hecho incontrovertido del sobreseimiento del actor en la causa iniciada para la investigación del delito de defraudación por administración infiel en concurso real con hurto del cheque, sin explicar adecuadamente por qué razón habría de otorgársele en estos obrados mayor fuerza convictiva a la postura allí asumida por el Sr. fiscal intervinente, en desmedro de las conclusiones allegadas en un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR