Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 24 de Octubre de 2016, expediente CNT 013391/2014/CA001

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 13391/2014/CA1 SENTENCIA INTERLOCUTORIA34310 AUTOS: “MONZON, EDUARDO DARIO C/ AIRSEC S.A. S/ OTROS RECLAMOS-

INDEM ART. 80 LCT l. 24.345” (JUZG. N.. 3).

Buenos Aires, 24 de octubre de 2.016.

VISTO:

El recurso de apelación articulado por la parte actora a fs. 48/50 vta., la contestación de agravios obrante a fs. 56/60 vta., y CONSIDERANDO:

Que, la sentencia obrante a fs. 45/47, es inapelable por el monto, pues de acuerdo a lo prescripto por el art. 106 L.O., “serán inapelables todas las sentencias y resoluciones cuando el valor que se intenta cuestionar en la alzada, no exceda el equivalente a trescientas veces el importe del derecho fijo previsto en el art. 51, de la ley 23.187. El cálculo se realizará al momento de tener que resolver sobre la concesión del recurso”.

Que atendiendo a que el valor que se intenta cuestionar ante este tribunal asciende a la suma de $ 17.055, monto que no supera el tope de apelabilidad referido en el párrafo precedente, en tanto a la fecha de concesión del recurso en cuestión (8/6/15, ver fs.

55) el tope de apelabilidad indicado alcanzaba a la suma de $18.000 Que tampoco corresponde expedirse con respecto al agravio sobre costas en orden a lo establecido por el art. 107, L.O., en tanto el monto reclamado en la demanda ($

17.055, ver fs. 6 vta.) no supera el tope establecido precedentemente.

Por todo ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

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