Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, 5 de Noviembre de 2009, expediente 29.725/2006

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2009

Poder Judicial de la Nación PODER JUDICIAL DE LA NACION

029725/2006

M.M.A. C/ MANAGEMENT COMPANY S.A. S/

ORDINARIO

Juzg. 21 S.. 41

Buenos Aires, 5 de noviembre de 2009.

Por contestado el traslado conferido a fs. 342

En cuanto al pedido de que se trabe inhibición general sobre los bienes de la demandada, hágase saber al presentante que dicha solicitud deberá ser efectuada ante el magistrado de grado actuante en autos.

Y VISTOS:

1) Para resolver el recurso extraordinario interpuesto por la demandada a fs. 329/339 contra la sentencia de fs. 312/320, cuyo traslado fuera contestado por la parte actora a fs. 344/345.

2) En el pronunciamiento recurrido el Tribunal ha decidido cuestiones de derecho no federal sometidas al derecho común y al derecho procesal y, por ende, ajenas -como principio- al recurso extraordinario que contempla el art.

14 de la ley 48. No es la finalidad de dicho remedio revisar en tercera instancia decisiones de los jueces de la causa concernientes a la aplicación e interpretación de normas de derecho común, de su conocimiento exclusivo.

Cabe destacar que la mera invocación de haberse violado o infringido alguno de los derechos o garantías que consagra la Constitución Nacional, no constituye motivo que habilite su procedencia (CSJN, "Casasco Mario c/

D'Arielli Donato", 9-5-78; CNCom., esta Sala A, "Jenik Oscar c/ Curetti Enrique s/ ordinario", 6-10-89).-

Por lo demás, sin perjuicio de que prima facie no advierte la Sala que en la decisión cuestionada se halle configurada causal alguna de arbitrariedad a tenor de las directrices elaboradas por la Corte Suprema de Justicia de la...

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