Montes de Oca Cable Color S.A.
Fecha de disposición | 05 Febrero 2008 |
Fecha de publicación | 05 Febrero 2008 |
Sección | Segunda Sección - Sociedades |
Número de Gaceta | 31338 |
) Por acta de Asamblea Ordinaria Nº 9 del 22/01/08, se reformó el Estatuto Social en el artículo 1º por el cual se modificó la denominación social por 'SOUTH AMERICAN TRADE S.A.' (antes 'MONTES DE OCA CABLE COLOR S.A.'). El artículo 3º quedando redactado de la siguiente manera: 'La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en territorio nacional o en el exterior, al asesoramiento y capacitación de personas físicas y empresas; al desarrollo, implementación, venta, distribución, capacitación y/o asesoramiento de sistemas informáticos, de gestión y de administración; al análisis, estudio e instrumentación de sistemas operativos generales, ya sean administrativos, financieros o comerciales por cualquier medio; prestación de servicios de management (gerenciamiento) y relaciones públicas, y consultoría en administración, realizando evaluación e investigación de proyectos de inversión en toda clase de bienes y/o estudios de mercado; pudiendo también establecer representaciones comerciales para la compra y/o venta y/o distribución de productos y/o servicios de terceros en relación con la actividad descripta, con arreglo a lo dispuesto por la normativa aplicable; y todo ello con exclusión de las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras o cualquiera otra en la que se requiera el concurso público de dinero.
A tal fin, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto, pudiendo realizar toda clase de actos que tengan relación directa o indirecta con el objeto social citado, o sean necesarios o convenientes para el mejor cumplimiento del mismo o para la administración y disposición de los bienes, incluyendo la celebración de toda clase de contratos y operaciones y la asociación con terceros, sean personas físicas o jurídicas, mediante la constitución de sociedades o adquisición de participaciones en sociedades ya existentes'. El artículo 9º (Administración) estará a cargo de un mínimo de 1 y un máximo de 5 directores, con mandato por un ejercicio. El artículo 10º (Fiscalización) La Sociedad prescindirá de Sindicatura.
Queda establecido su ejercicio para...
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