Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA CIVIL, 22 de Agosto de 2018, expediente FMP 023096/2017/CA001

Fecha de Resolución22 de Agosto de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA En la ciudad de Mar del Plata, a los 22 días del mes de agosto de dos mil dieciocho, avocados los Sres. Jueces de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Mar del P. al análisis de estos autos caratulados:

MONTEBRO, N.H. c/ MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION s/AMPARO por MORA de la ADMINISTRACION

. Expediente FMP 23096/2017, provenientes del Juzgado Federal N° 4, Secretaría Ad Hoc de esta ciudad. El orden de votación es el siguiente: Dr. A.O.T., Dr. E.P.J..

El Dr. Tazza dijo:

  1. Llegan los autos a esta Alzada con motivo del recurso de apelación deducido por el demandado en oposición a la sentencia obrante a fs. 66/67vta., la cual declara de tratamiento abstracto la cuestión planteada en esta acción de amparo e impone las costas del proceso en a la accionada.

    Los agravios del recurso de la demandada lucen expresados a fs. 68/69vta.

    y están dirigidos a cuestionar la imposición de las costas del proceso. Al respecto argumenta que no era necesario intentar tutelar un derecho que ya había sido receptado y que se encontraba en curso. Al sostener que no existió en autos mora de su parte solicita se impongan las costas a la actora vencida Corrido el traslado de ley, y encontrándose la causa en condiciones de resolver con el llamamiento de autos para dictar sentencia decretado a fs. 75, es que procedo a abocarme al conocimiento de los aspectos litigiosos tal como ha quedado trabada la litis.

    A fs. 76 la la Dra. N.E.B., en representación del Estado Nacional, se presenta comunicando el cese de funciones de la Dra. C., otorgando las autorizaciones en los términos consignados en el punto II del presente escrito.

  2. Cuestiones similares a las que se propone a revisión de esta Alzada ya han sido objeto de análisis en el precedente“Frigorífico del Sudeste c/ AFIP-DGA Fecha de firma: 22/08/2018 Alta en sistema: 24/08/2018 Firmado por: A.O.T. , Firmado por: J.E.P., #30222452#213575599#20180824132055856 s/ Amparo por M.” (sentencia del 15 de mayo de 2015 de este Tribunal), antecedente cuyas prescripciones considero cabe hacer extensibles al presente.

    En primer lugar, en cuanto a la admisibilidad del recurso de apelación en los procesos como el que nos ocupa, debemos recordar que si bien la resolución que recae en los amparos por mora resulta inapelable de conformidad con lo dispuesto por el art. 28 de la ley 19.549, este Tribunal ha resuelto en reiterados precedentes que la declaración de...

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