Sentencia de Sala B, 26 de Febrero de 2009, expediente 57.905

Fecha de Resolución26 de Febrero de 2009
EmisorSala B

"MONTCA SUZUKl S.R.L. s/INF. Ley 11.683", E.. N° 13.411/2007, Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 4, Secretaría N° 7, Sala "B", N° 57.905, folio 89, orden N° 21.823.

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Buenos Aires, ~ de febrero de 2009

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la defensa de MÓNICA

SUZUKI S.R.L. a fs. 146/146 vta. de este expediente contra la resolución de fs.

144/145 del mismo legajo, en cuanto se dispuso "L CONFIRMAR la resolución de fs. 109/113 en cuanto fue materia de apelación ... ".

El escrito de fs. 155 de este expediente, por el cual se mantuvo el «

recurso interpuesto.

u El escrito presentado por el representante de MÓNICA SUZUKI

LL

o S.R.L. a fs. 159/162 vta. del presente expediente.

o en y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, por el acta de fs. 7, el día 11 de marzo de 2006, se constató

    que "...el contribuyente no emite ticket, factura o comprobante equivalente en las formas, requisitos y condiciones que establece la A.F.IP. en su R.G.N.° 41 04

    (DGI), texto sustituido por la R.G. N° 259 (AFIP) y en su R.G. N° 1415 (AFIP),

    por sus operaciones de ventas y/o servicios a consumidores finales superiores a los diez pesos ($10,00) detallados en Anexo 1(F. 8518), habiéndose cumplido la obligatoriedad para el uso del equipamiento electrónico denominado 'controlador fisca!'. .. ".

  2. ) Que, con un examen del acta recordada se advierte que el hecho investigado constituye una infracción a las fOfilaS que el organismo administrativo ha fijado para ejercer las funciones de contralor y tiene adecuación típica en el art. 40 inc. a), de la ley 11.683 (t.o. en 1998 y sus nl0dif.), por el cual se prevé: "Serán sancionadas con m.ulta...y con clausura ...quienes: a) No entregaren b 'no einitiereh faCtura o coniprobantes equivalentes ...en las formas, requisitos y condiciones que establezca la Administración Federal de Ingresos Públicos ... " (lo resaltado pertenece a la presente resolución).

    , I

  3. ) Que, aS11111smo, disI)Q~ición citada por el considerando la anterior se integra con lo esta,blecido por él art. 1 d~ la R.G. N° 4104 (D.G.L,

    texto sustituido por la R.G. N° 259), nornahva por la cual se prevé la obligación de utilizar únicamente los contro1adores fiscales para emitir los cOlnprobantes fiscales, y se sustituyeron las nonnas establecidas por ia R~G. ° 3419 para la N

    enlisión de los comprobantes nlencionádoS.

    Por lo tanto, la omisión reprochada es la faita de enlisión de factura o documento equivalente en las formas, con los...

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