Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 16 de Agosto de 2018, expediente CIV 068653/2017/CA001

Fecha de Resolución16 de Agosto de 2018
EmisorCamara Civil - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C 68653/2017. M., S. Y OTRO c/ PEREIRAOLA SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS Juz. 48 A.B.

Buenos Aires, de agosto de 2018.- MH Y vistos y considerando:

  1. Vienen estos autos a la Alzada para resolver el recurso de apelación interpuesto en subsidio contra el pronunciamiento de fs. 131 en la que el Sr. Juez a quo se declara incompetente. Funda a fs.133/134.

  2. Es jurisprudencia de la Corte Suprema que si bien para determinar la competencia corresponde atender de modo principal a la exposición de los hechos que el actor hace en la demanda y después, sólo en la medida en que se adecue a ello, al derecho que se invoca como fundamento de la acción (doctrina de Fallos: 323:470 y 2342; 325:483), también se ha dicho que, para determinar la competencia se debe indagar la naturaleza de la pretensión examinar su origen, así

    como la relación de derecho existente entre las partes (Fallos: 321:2917; 322:617; 326:4019).-

  3. Partiendo de tal premisa y en atención a lo que se desprende de la expresión fáctica contenida en el escrito de demanda, las actoras S.M. e I.E. De Olavarrieta iniciaron demanda de cobro de sumas de dinero contra P.S.A., por la suma de $ 233.500. Las mencionadas conforman la sociedad de hecho “B.A.

    Paisajismo”. Celebraron con la demandada un acuerdo para el mantenimiento de espacios verdes en el emprendimiento “Greenville Polo & Resort que se Fecha de firma: 16/08/2018 Alta en sistema: 27/08/2018 Firmado por: O.L.D.S., Juez de Cámara Firmado por: J.B.F., Juez de Cámara (subrogante)

    Firmado por: G.A.I., Juez de Cámara (subrogante)

  4. Los hechos reseñados indican que nos encontramos en presencia de una relación contractual, locación de servicios prestados por una sociedad de hecho dedicada al mantenimiento de espacios verdes (servicios de paisajismo)

    vinculación que en lo que a la competencia se refiere está contemplada en el art.43, inc c) del decreto ley 1285/58 –t.o. 24.290- que atribuye competencia a los Juzgados Nacionales de Primera Instancia en lo Civil de la Capital Federal en las causas relativas a las relaciones contractuales...

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