Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 15 de Marzo de 2010, expediente 60.059

Fecha de Resolución15 de Marzo de 2010

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J INCIDENTE DE APELACIÓN DEL AUTO DE PROCESAMIENTO RESPECTO DE SILVIA KARINA

MONSERRA T EN LA CAUSA N° 1763/05 CARA TULADA "MONSERRA T S.K.; PANASYUK

ANDRIY S/INF. ART. 302 C.P,". IN.P.E. W 6, SecoW 11 (Causa W 60.059, Orden W 23.065, de la Sala "B")

Buenos Aires, !5 de marzo de 2010.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la defensa oficial de S.K.M. a fs. 244/252 de los autos principales contra la resolución de fs. 234/236, del mismo legajo, mediante el cual el tribunal "a qua" dictó el procesamiento sin prisión preventiva de la nombrada por considerarla autora del delito previsto por el artículo 302 inciso 3 o del Código Penal, y dispuso trabar .J

(J

u. El escrito de fs. 45/53 de este incidente, mediante el cual la defensa o oficial de S.K.M. informó en los términos previstos por el o

CJ)

:J artículo 454 del C.P.P.N.

y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, la defensa oficial de S.K.M. se agravió

    del pronunciamiento recurrido por estimar que por el plexo probatorio colectado en el expediente se impide afirmar que la nombrada haya participado -en sentido amplio- en el hecho investigado, careciendo de relevancia penal la actuación de la nombrada, además de destacarse que aquélla desconocía la ilegalidad de la maniobra -que la defensa oficial de MONSERRAT atribuye a A.P.-, y que la imputada carece de la calidad de autor que requiere el tipo penal (artículo 302 inciso 3 o, del Código Penal), pues no es titular de la cuenta corriente contra la cual se libró el cheque de autos.

    20) Que, en principio, es útil destacar que" ...autor de los delitos previstos en los tres primeros incisos del arto 302 del Código Penal sólo puede serlo el agente calificado. Los extraños podrá responder como cómplices o instigadores en tanto exista un hecho principal... obra de un autor idóneo ... "

    (confr. C.B., "Derecho penal del cheque ", Ed. Astrea, Buenos Aires, 1973, pág. 161) y, como afirma la defensa oficial de MONSERRAT, la nombrada carece de la calidad de autor requerida por el tipo penal bajo análisis,

    pues no es titular ni persona autorizada a librar cheques en la cuenta corriente N°

    001716/3 154/0 del BANCO GALlCIA, abierta a nombre de J.R.B., contra la cual se libró el cheque de autos.

  2. ) Que, no obstante lo expresado por el considerando anterior, el cuadro probatorio existente en este momento del proceso permite concluir que S.K.M. no habría participado en el libramiento del cheque de autos, ni habría formulado la...

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