Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 7 de Mayo de 2019, expediente CAF 023503/2011/CA005 - CA003 - ...

Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 23503/2011 MONSANTO ARGENTINA SAIC (TF 24898-A) c/ DGA Y OTRO s/

Buenos Aires, de mayo de 2019.-

Y VISTOS; CONSIDERANDO: I.- Que en función de la naturaleza y el monto del proceso (U$S 47.954.83 en concepto de tributos, liquidados conforme fue resuelto en autos y sus intereses respectivos, todo a la fecha del formulario F4); del resultado obtenido y de la extensión, la calidad y la eficacia del trabajo profesional única etapa cumplida en la instancia anterior, corresponde modificar la regulación de honorarios practicada a fs. 259/vta, y fijar los honorarios de los letrados co-

patrocinantes de la actora, D.. M.A.G. y M.G., en la suma de PESOS OCHO MIL SEISCIENTOS ($8.600), para cada uno de ellos, a cargo de la demandada –v. fs. 139/vta–; ello, habida cuenta de que fueron apelados por considerarse “altos” y “bajos” (conf. arts. 6, 7, 9, 37 y 38 de la ley 21.839, modificada por la ley 24.432). II.- Que respecto a las tareas desarrollas por ante la Alzada a fs. 75/91, cabe fijar los honorarios de los aludidos letrados en la suma de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS ($2.600), para cada uno de ellos; y, además, por las tareas desarrolladas a fs. 159/162, la suma de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA ($860), también respectivamente para cada uno; y, ello, a cargo de la demandada –v. fs. 139/vta. y fs. 164/vta– (conf. arts. 6, 7, 9, 14, 33, 37 y 38 de la ley 21.839, modificada por la ley 24.432). III.- Que, en lo demás, cabe dejar aclarado que en los importes establecidos en la presente no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que –frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que...

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