Monotributo: qué obligaciones vencen mañana y el miércoles para los contribuyentes

Por las modificaciones establecidas en una ley aprobada en junio, la AFIP dispuso plazos para la recategorización diferentes a los de años anteriores

Hasta el viernes próximo, 29 de julio, los monotributistas deberán cumplir con la recategorización dentro del régimen, si la facturación que obtuvieron en los últimos 12 meses indica hace falta hacer ese trámite. El plazo que está corriendo desde el 11 de este mes para hacer esa gestión no es que el habitualmente se dispone (todos los años el período habilitado para reubicarse en la tabla es del 1° al 20 de julio), pero por esta vez se modificó, dados los cambios que hubo en función de una ley que fue aprobada por el Congreso el 30 de junio. También se trasladó unos días el vencimiento del pago, que puede concretarse hasta mañana, miércoles 27.

La primera novedad que surge de la ley 27.676 es el incremento, a partir del 1° de este mes, de los valores de la facturación máxima para estar en cada una de las categorías. En el caso de la A, la B y la C esa suba es de 60,5% en relación con los valores vigentes hasta junio; en la categoría D, el reajuste es de 44,8% y en las categorías comprendidas entre la E a la K los montos se elevan un 29,12%. Este último porcentaje equivale al aumento nominal que tuvieron las jubilaciones pagadas por la Anses en el primer semestre del año, siguiendo la fórmula de movilidad previsional. El criterio de actualización del monotributo usando como variable de referencia la suba de haberes es el que está establecido por ley desde hace unos años, aunque con una frecuencia anual. En este caso, se segmenta el año en dos, dada la elevada tasa de inflación y la pérdida de poder adquisitivo de los ingresos. Si no se modificaran los montos, hay contribuyentes que deberían subir de categoría sin haber tenido una mejora real en sus ingresos.

Concretamente, las cifras de ingresos topes son ahora las siguientes: categoría A, $748.382,07; B, $1.112.459,83; C, $1.557.443,75; D, $1.934.273,04; E, $2.277.684,56; F, $2.847.105,70; G, $3.416.526,83, y H, $4.229.985,60. El último monto corresponde al límite de ingresos para estar en el monotributo si se hacen tareas de prestación de servicios. En la actividad de venta de cosas muebles hay otras tres categorías, con las siguientes facturaciones máximas admitidas: I, $4.734.330,03; J: $5.425.770,00, y K: 6.019.594,89.

Para la recategorización, esos valores deben compararse con la facturación de los últimos doce meses (hasta el 30 de junio...

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