Molise Sa S/quiebra S/incidente de Venta
Fecha de disposición | 09 Febrero 2009 |
Fecha de publicación | 09 Febrero 2009 |
Sección | Segunda Sección - Sociedades |
Número de Gaceta | 31590 |
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 7, Secretaría Nº 14, a mí cargo, sito en la Avda. Roque Saenz Peña 1211, Piso 2º, Capital Federal, comunica por 5 días en autos caratulados 'MOLISE SA S/ QUIEBRA S/INCIDENTE DE VENTA', Expte.
Nº 089160, que el Martillero Eduardo L. P.
Arzeno (CUIT Nº 20-04526202-3), rematará el día Miércoles 18 de febrero de 2009 a las 10:30 horas en punto, en el salón de la Oficina de Subastas Judiciales, sito en la calle Tte.
Gral. Perón 1233, Capital Federal, EL 100% DE UN INMUEBLE DESOCUPADO SITO EN LA CALLE LA PAMPA 5981/7, ENTRE CERETTI Y AVDA. DE LOS CONSTITUYENTES, U.F. Nº 2
P.B.- SE TRATA DE UN LOCAL CON VIDRIERA AL FRENTE Y UNA PUERTA DE ALUMINIO DE DOBLE HOJA, CUENTA CON DOS SALONES EL PRIMERO CON UN CUARTO PARA OFICINA Y EN EL FONDO TAMBIEN CUENTA CON OTRO PARA OFICINA Y DOS BAÑOS, PISO DE CEMENTO Y TECHO DE LOZA DE HORMIGON ARMADO, CON UNA ALTURA DE APROXIMADEAMENTE 4 MTS.,
EN BUEN ESTADO DE CONSERVACION.SUPERFICIE TOTAL: 236,70 M2.NOMENCLATURA. CATASTRAL: CIRC.: 16,
SECC: 51, MANZ: 1, - PARC: 21, MATRICULA:
16-24773/2.- CONDICIONES DE VENTA:
EN BLOCK, 'AD-CORPUS', AL CONTADO Y MEJOR POSTOR EN DINERO EN EFECTIVO.- BASE: $ 240.000, SEÑA: 30%,
COMISION: 3% + IVA, ACORDADA 10/99
Y 24/00 C.S.J.N: 0,25%, TODO A CARGO DEL COMPRADOR, DISPONESE COMO CONDICION DE LA SUBASTA QUE QUEDA PROHIBIDA LA COMPRA EN COMISION,
COMO ASI TAMBIEN LA ULTERIOR CESION DEL BOLETO QUE SE EXTIENDA,
EL SALDO DE PRECIO DEBERA SER DEPOSITADO DENTRO DEL QUINTO DIA DE LA NOTIFICACION POR MINISTERIO DE LEY DE LA PROVIDENCIA QUE DISPONGA LA APROBACION DE LA SUBASTA, BAJO EL APERCIBIMIENTO PREVISTO POR EL ART. 580 DEL CPCC, EL ADQUIRENTE DEBERA ABONAR LA TOTALIDAD DE LOS IMPUESTOS PROPIOS DE LA VENTA DEL INMUEBLE, COMO ASI TAMBIEN LOS GASTOS DE ESCRITURACION, RESPECTO DE LAS DEUDAS EN CONCEPTO DE IMPUESTOS, TASAS O CONTRIBUCIONES DE CARACTER NACIONAL O MUNICIPAL DEVENGADAS CON ANTERIORIDAD AL DECRETO DE QUIEBRA SE ENCUENTRAN SUJETAS A LA VERIFICACION DE CADA ACREENCIA (ARTS. 32 SIGS. Y CONCS.,
LEY 24.522), LAS DEVENGADAS CON POSTERIORIDADALDECRETODEFALENCIA Y HASTA LA APROBACION DE LA SUBASTA,
CONSTITUIRAN GASTOS DEL CONCURSO ART- 240 LC, ENCONTRANDOSE A CARGO DEL ADQUIRENTE LAS QUE GENEREN CON POSTERIORIDAD A LA APROBACION DEL REMATE, EL COMPRADOR DEBERA CONSTITUIR DOMICILIO EN EL LUGAR QUE CORRESPONDE AL ASIENTO DEL JUZGADO, BAJO APERCIBIMIENTO DEL ART. 570 DEL CPCC..- EXHIBICION: 16 Y 17 DE FEBRERO DE 2009 DE 16:00 HS...
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