Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 30 de Septiembre de 2015, expediente COM 031597/2010

Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL Sala B 31597/2010 - MOLINO CORONEL SUAREZ S.A. c/ ANDRES LAGOMARSINO E HIJOS S.A. s/ORDINARIO Juzgado n° 20 - Secretaria n° 39 Buenos Aires, 30 de septiembre de 2015.

Y VISTOS:

  1. La demandada solicitó a fs. 1249/563 que sea revocada la decisión de esta sala de fs. 1247. La actora contestó el traslado a fs. 1270/5.

  2. Las decisiones adoptadas por el tribunal de alzada son insusceptibles del recurso de revocatoria, desde que el agotamiento de la jurisdicción tiene carácter definitivo (CNCom esta Sala, in re: “Rapit S.A. c/

    R. y M.S.A., del 28/9/95; idem, in re: “Viñedos y Bodegas Arizu s/

    quiebra s/ inc. de pronto pago por B., J.E. y otros”, del 22/8/98,“H., R. –F., S. (soc. de hecho) s/ concurso”, del 29/6/93).

    Ello salvo supuestos de excepción de errores manifiestos -que no se verifican en la especie- y sin perjuicio de los remedios de carácter extraordinario a los que pudiere haber lugar (arts. 253 y 273 cpr; CNCom., esta S., in re:

    S.A. La Razón EEFICA s/ concurso preventivo s/ inc. de revisión por L.A.O.

    , del 24/9/92; idem, “Radio Emisora Cultural Affitti Dárcy Masius Benton & Bowles S.A. s/ sumario s/ inc. art. 250 Cpr.”, del 11/5/95; idem in re: “Buenos Aires Tur S.R.L. s/ acuerdo preventivo extrajudicial”, del 7/2/07); que en el caso ya se han ejerciso a fs. 1257/68.

  3. Se desestima la revocatoria interpuesta por la accionada. Con costas (cpr 68).

    Fecha de firma: 30/09/2015 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: ANA

    1. ...

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