Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 14 de Julio de 2010, expediente RP 109155

PresidentePettigiani-Negri-de Lázzari-Genoud
Fecha de Resolución14 de Julio de 2010
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Secretaría Suprema Corte

Registrado bajo el N° 666.

P. 109.155- “., S.A.S., F.E. s/ recurso de casación por Agente Fiscal”.

///PLATA, 14 de julio de 2010.

AUTOS Y VISTOS:

La presente causa P. 109.155, caratulada: “.,S.A. ;S.,F.E. s/ Recurso de casación interpuesto por Agente Fiscal”.

Y CONSIDERANDO:

  1. La Sala Segunda del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, mediante pronunciamiento dictado el 17 de septiembre de 2009, declaró procedente el recurso homónimo interpuesto por los señores Agentes Fiscales contra la decisión del Tribunal Criminal Nº 1 de Mar del Plata que dispuso la absolución deF.E.S. yS.A.M. con relación al concurso real integrado por los delitos de abuso sexual con acceso carnal y homicidio “criminis causae” por el que fueran acusados, dispuso la anulación de dicha sentencia, y reenvió los autos a la presidencia de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal departamental, a fin que se desinsacule el Tribunal Criminal que deberá llevar adelante un nuevo juicio (arts. 168 y 171 de la Constitución provincial; 106, 210, 373, 448, 449, 456, 459, 461, 530, 531 y 532 del Código Procesal Penal; fs. 445/464).

  2. Contra dicha decisión, el señor defensor particular deF.E.S., interpuso a su favor recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 591/630).

  3. Cabe señalar que las vías impugnativas previstas en el art. 479 del Código Procesal Penal sólo proceden contra las sentencias definitivas.

El fallo impugnado, que¾en lo que aquí interesa¾revocó la absolución delF.E.S. y reenvió la causa para que se desinsacule otro Tribunal Criminal a fin de que se realice un nuevo juicio, en tanto tiene como consecuencia la obligación de seguir sometido a proceso, no constituye sentencia definitiva (cfe...

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