Modificacion de Estatuto

Fecha de publicación18 Octubre 2016
Fecha de disposición18 Octubre 2016
SecciónIX- CONTRATOS, ESTATUTOS, BALANCES, ETC

COMPAÑIA BURSATIL S.A.

MODIFICACION DE ESTATUTO

En la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 29 días del mes de febrero del año 2016, se acordó aumentar el capital social a $ 500.000 (pesos quinientos mil) y modificar el objeto social según se transcribe:

La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, asociada a terceros o integrando agrupaciones de colaboración empresaria o a través de cualquier mecanismo legal procedente, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades: I) Servicios: Prestación de servicios de consultoría y asesoramiento financiero, bursátil, en comercio exterior, commodities, de administración y ejecuciones integrales referidos a empresas, pymes y a particulares y la gestión de cobranza de cartera en mora propia y/o tercerizada.

II) Financieras: Realización de todo tipo de operaciones financieras -con exclusión de aquellas reservadas para las entidades comprendidas en la Ley 21.526, o la que en el futuro pudiera reemplazar a la misma, así como las que requieran el concurso del ahorro público- a saber: comprar y/o administrar carteras de créditos y de valores mobiliarios; realizar operaciones de leasing previstas por la Ley 25.248 o de la que la actualice en el futuro; negociar títulos y valores mobiliarios, públicos o privados, nacionales o extranjeros; dar y tomar dinero en préstamo con o sin garantías, constituyendo prendas de todo tipo o demás derechos reales, con exclusión de las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras u otras por las que se requiera el concurso público de dinero y las limitaciones que fija el artículo 31 de la Ley 19.550.

III) Fiduciarias: Administrar fideicomisos actuando en carácter de fiduciaria, sin intervenir en fideicomisos financieros y conforme a las limitaciones establecidas por el artículo 5° de la Ley 24.441.

IV) Agente de negociación, liquidación y compensación (integral o propio) y cualesquiera otras categorías de agentes contempladas en la Ley 26.831, sus normas reglamentarias, y las normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) para las que solicite suinscripción y que sean compatibles con las funciones de agente...

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